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18 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de febrero de 2020 / El Peruano y supervisión de sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de las Actividades Empresariales del Estado (FONAFE), universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, en tal sentido, con el O fi cio N° 00953-2019-CGA/ SGE recibido el 06 de noviembre de 2019, el Secretario General de la Contraloría General de la República comunica que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA deberá transferir en el año 2019 el 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019 y un deposito en la cuenta corriente del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República por el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión de Sociedades de Auditoría. Asimismo, se indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el otro 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019, cuya trasferencia fi nanciera debe de efectuarse a más tardar en el mes de enero del año 2020; Que, el proceso de contratación de la Sociedad Auditora para el Examen de los Estados Financieros 2019-2020, se encuentra comprendido dentro de los alcances del artículo 41 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, cuyo numeral 4.15 señala que en los procedimientos de selección cuya convocatoria se realice dentro del último trimestre de un año fi scal, y el otorgamiento de la buena pro y suscripción del contrato se realice en el siguiente año fi scal, el responsable de la administración de presupuesto de la Unidad Ejecutora y la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, otorga de forma previa a la convocatoria del procedimiento de selección, la previsión presupuestaria respecto a los recursos correspondientes al valor referencial o valor estimado de dicha convocatoria; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 171-2019-DV-PE modi fi cada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 177-2019-DV-PE de fecha 13 y 27 de noviembre del 2019 respectivamente, se autorizó la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, hasta por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil sesenta y tres con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, mediante Memorando N° 000029-2020-DV-OGA de fecha 30 de enero del 2020, la O fi cina General de Administración, sustenta y solicita la realización de una transferencia fi nanciera con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2020 a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil sesenta y tres con 00/100 Soles) correspondiente al 50% de retribución económica del periodo por auditar 2019; Que, mediante Informe N° 000013-2020-DV-OPP- UPTO de fecha 06 de febrero del 2020, la Unidad de Presupuesto la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable para realizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General para realizar el pago de la retribución económica correspondiente al saldo del 50% (incluyendo IGV) por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) para la contratación de la Sociedad de Auditoría correspondiente al periodo por auditar 2019, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modi fi ca, entre otros, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Asimismo, señala que ha emitido y suscrito la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° - Nota N° 0000000134 por el importe de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) que garantiza la existencia de créditos presupuestales disponibles y libres de afectación para fi nanciar la transferencia fi nanciera en mención con cargo al presupuesto del Años Fiscal 2020; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la O fi cina General Administración y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con los visados de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 014- 2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01; el Decreto Supremo N° 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 196-2019-DV-PE. SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al saldo del 50% del periodo por auditar 2019, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios -RO, Meta 0052, Actividad 01- OGA - Gestión Operativa de la Ofi cina General de Administración, especí fi ca de gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras Unidades del Gobierno Nacional” por la suma de S/ 81,073.00 (Ochenta y un mil setenta y tres con 00/100 Soles).” Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La O fi cina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad,