Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2020 (12/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo Quinto.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia del país; así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adopten las acciones administrativas necesarias para el adecuado funcionamiento del registro. Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia de Informática desarrolle el sistema de información que será de soporte al Registro de Personas Jurídicas Sancionadas, en un plazo máximo de 90 días calendario. Artículo Sétimo.- Disponer la publicación de la presente resolución y los documentos aprobados en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Octavo.- Transcribir la presente resolución al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Economía y Finanzas, Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Superintendencia Nacional de Aduanas y de la Administración Tributaria, Organismo Supervisor de las Contrastaciones del Estado, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1854549-1

Aprueban el Reglamento "Normas para la Administración del Centro Integrado de Servicios de Administración de Justicia"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 045-2020-CE-PJ Trujillo, 23 de enero de 2020 VISTO: El Oficio Nº 002331-2019-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, adjuntando nueva propuesta de Reglamento "Normas para la Administración del Centro Integrado de Servicios de Administración de Justicia". CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado Peruano en proceso de modernización, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; estableciendo para ello principios, acciones y herramientas para llevar a cabo dicha modernización. Segundo. Que, por Decreto Supremo Nº 004-2013PCM, se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública como principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establece la visión, los principios y lineamientos, para una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Tercero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa Nº 361-2017-CE-PJ de fecha 20 de diciembre de 2017, aprobó el "Reglamento de Administración del Centro Integrado de Servicios de Administración de Justicia" (CISAJ), el mismo que contempla disposiciones para su cumplimiento y sostenibilidad. Cuarto. Que, los Centros Integrados de Servicios de Administración de Justicia - CISAJ, constituyen un modelo orientado a acercar los servicios de justicia especialmente a la ciudadanía ubicada en las zonas urbano-marginales y rurales, para atender las demandas de la población; incorporando las perspectivas de interculturalidad y de género en la prestación de estos servicios.

Quinto. Que, este Poder del Estado ha diseñado los Centros Integrados de Servicios de Administración de Justicia - CISAJ con la finalidad de brindar servicios de calidad integrados en un solo espacio físico, para incrementar la cobertura y productividad de los servicios de justicia, reducir la carga de los procesos judiciales; así como atender y mejorar los servicios que brinda el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en las zonas necesitadas, con el apoyo de la Policía Nacional del Perú, siendo necesaria la presencia en dicho espacio del Ministerio Publico - Fiscalía de la Nación; e inclusión en el documento normativo permitiendo con ello el cumplimiento de sus fines. Sexto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial eleva a este Órgano de Gobierno la propuesta de Reglamento "Normas para la Administración del Centro Integrado de Servicios de Administración de Justicia"; que tiene como objetivo establecer normas administrativas y responsabilidades a las que debe sujetarse el personal de las entidades que conforman el CISAJ (Poder Judicial, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Policía Nacional del Perú y Ministerio Público) y que prestan servicios en dichos establecimientos. Sétimo. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado; así como las entidades que conforman el Centro Integrado de Servicios de Administración de Justicia - CISAJ, funcionen con celeridad y eficiencia, teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, por lo que deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada, la misma que cuenta con los vistos de la Oficina de Coordinación de Proyectos, Gerencia de Planificación, Gerencia de Desarrollo Corporativo, y la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1382020 de la cuarta sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento "Normas para la Administración del Centro Integrado de Servicios de Administración de Justicia"; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial efectúe las acciones administrativas pertinentes, para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución y en el reglamento aprobado. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 361-2017-CE-PJ de fecha 20 de diciembre de 2017; y cualquier otra disposición que se oponga a la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Coordinación de Proyectos, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1854549-2

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