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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2020 (12/02/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de febrero de 2020 El Peruano / Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 059-2020-SUNAFIL/OGPP, emite opinión técnica favorable para la aprobación de la propuesta de los documentos denominados “Protocolo para la Fiscalización de la Formalización Laboral y del Cumplimiento de las Obligaciones Sociolaborales en el Sector Agrario” y “Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sector Agrario”, presentada por la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, señalando que cumplen con las disposiciones contenidas en la Versión 02 de la Directiva N° 001-2014-SUNAFIL/OGPP - “Gestión de Instrumentos Normativos”, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 014-2016-SUNAFIL-SG, actualizada mediante la Resolución de Secretaría General N° 059-2017-SUNAFIL-SG; por lo que corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Gerente General, del Intendente Nacional de Inteligencia Inspectiva, de la Intendente Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo, del Intendente Nacional de Prevención y Asesoría, del Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Protocolo N° 001-2020-SUNAFIL/ INII, denominado “PROTOCOLO PARA LA FISCALIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN LABORAL Y DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SOCIOLABORALES EN EL SECTOR AGRARIO”, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Aprobar el Protocolo N° 002-2020-SUNAFIL/ INII, denominado “PROTOCOLO PARA LA FISCALIZACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN EL SECTOR AGRARIO”, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de la resolución y sus Anexos en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.suna fi l.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral 1854709-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean el Registro de Personas Jurídicas Sancionadas y disponen su incorporación al Registro Nacional Judicial (RENAJU), y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 016-2020-CE-PJ Lima, 15 de enero de 2020 VISTO: El O fi cio Nº 000027-2020-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, respecto a la creación del Registro de Personas Jurídicas Sancionadas.CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Ley Nº 30424, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 21 de abril de 2016, se aprobó la regulación de la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por el delito de cohecho activo transnacional; estableciéndose en la Quinta Disposición Complementaria Final de la citada norma, que el Poder Judicial implemente un registro informático de carácter público para la inscripción de las medidas administrativas impuestas a las personas jurídicas. Segundo. Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1352, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 1 de enero de 2017, se amplía la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas. Asimismo, mediante Ley Nº 30835, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 2 de agosto de 2018, se modi fi có la denominación y los artículos 1º, 9º y 10º de la Ley Nº 30424. Tercero. Que, a efectos de implementar el Registro de Personas Jurídicas Sancionadas resulta necesario su creación e incorporación dentro de la organización del Poder Judicial. En tal sentido, para una adecuada gestión del registro es conveniente integrarlo al Registro Nacional Judicial (RENAJU), órgano desconcentrado de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, conforme al artículo 65º de la Resolución Administrativa Nº 251-2016-CE-PJ que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial. Cuarto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio Nº 000027-2020-GG-PJ remite a este Órgano de Gobierno el proyecto de Directiva “Normas que Regulan el Funcionamiento del Registro de Personas Jurídicas Sancionadas”; y el proyecto de procedimiento “Inscripción, Cancelación, Modi fi cación, Anulación o Suspensión de las Medidas Administrativas en el Registro de Personas Jurídicas Sancionadas”, para su evaluación y aprobación. Quinto . Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 064- 2020 de la segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Crear el Registro de Personas Jurídicas Sancionadas y disponer su incorporación al Registro Nacional Judicial (RENAJU), órgano desconcentrado adscrito a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Aprobar la Directiva Nº 002-2020-CE-PJ, “Normas que Regulan el Funcionamiento del Registro de Personas Jurídicas Sancionadas”; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Aprobar el procedimiento “Inscripción, Cancelación, Modi fi cación, Anulación o Suspensión de las Medidas Administrativas en el Registro de Personas Jurídicas Sancionadas”; que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial difunda el contenido y alcance de los documentos normativos aprobados por la presente resolución.