Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2020 (18/02/2020)
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NORMAS LEGALES
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Martes 18 de febrero de 2020 /
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El Peruano
Los días 24 y 25 de julio, 28 de agosto y 6 de septiembre44 de 2019, la Universidad presentó información complementaria a la recabada durante la DAP, en un total de diecinueve mil ciento ochenta y uno (19 181) folios. Mediante correo electrónico institucional del 6 de septiembre de 2019, la Universidad remitió información adicional referida a las CBC I, III, IV, V, VI y VII; la misma que fue incorporada al expediente de la Universidad mediante Resolución de Trámite Nº 11 del 9 de septiembre de 201945. En la misma fecha, mediante Oficios Nº 0615-R-2019-UPLA, 0616-R-2019-UPLA, 0617-R-2019UPLA y 0618-R-2019-UPLA46, la Universidad presentó documentación actualizada posterior a la DAP, con un total de trescientos cincuenta y seis (356) folios. A su vez, el 9 de septiembre de 2019, se emitió el segundo Informe Complementario Nº 140-2019-SUNEDU/ DILIC-EV, con resultado favorable con base en la información presentada por la Universidad en el marco del cumplimiento del PDA requerido y aquella recogida durante la DAP. Por ello, mediante Oficio Nº 356-2019-SUNEDU-02-12 del 11 de septiembre de 2019, se comunicó a la Universidad el resultado favorable de la etapa de revisión documentaria y el inicio de la etapa de verificación presencial, informando que la visita correspondiente se llevaría a cabo del 16 al 20 de septiembre de 2019, así como la conformación de la Comisión de Verificación a cargo. Al respecto, mediante oficios Nº 0622-R-2019-UPLA y 0629-R-2019-UPLA47 del 11 y 16 de septiembre de 2019, respectivamente, la Universidad comunicó su conformidad con la programación de la visita de verificación presencial, así como la relación de funcionarios que brindarían la información y el acceso a las instalaciones de la Universidad. Del 16 al 20 de septiembre de 2019, se realizó la visita de verificación presencial en los locales declarados por la Universidad como conducentes a grado académico48; así como aquellos donde se ofrecen los servicios complementarios, recabándose información complementaria y actualizada, contenida en cuatro mil quinientos veintiocho (4 528) folios. El 27 de septiembre de 2019, mediante Oficios Nº 0643-R-2019-UPLA, 0648-R-2019-UPLA, 0649-R-2019UPLA, 0650-R-2019-UPLA, 0651-R-2019-UPLA, 0652-R-2019-UPLA, 0653-R-2019-UPLA, 0654-R-2019UPLA y 0655-R-2019-UPLA49, la Universidad presentó, en seiscientos veintinueve (629) folios, documentación adicional a la recabada durante la visita de verificación presencial, incorporando las Resoluciones Nº 041-2019-AU-CU, Nº 048-2019-AU-CU ambas del 3 de septiembre de 2019 y Nº 057-2019-AU-CU del 18 de septiembre de 2019, que aprueban el desistimiento de programas de estudios. El 4 de octubre de 2019, la Dilic emitió el Informe de Verificación Presencial Nº 164-2019-SUNEDU-DILICEV, el cual concluyó con resultado favorable, en tanto se verificó el cumplimiento de las CBC. El 17 de octubre de 2019, mediante Oficio Nº la Universidad presentó 0693-R-2019-UPLA50, información referida a la Condición III referente a la sede y filial Chanchamayo en cuarenta y seis (46) folios. El 10 de diciembre de 2019, mediante Memorando Nº 1362-2019/SUNEDU-02-13, la Disup pone en conocimiento el Informe de Resultados Nº 0516-2019-SUNEDU/02-13 del 29 de noviembre de 2019, emitido en el marco de la supervisión a la Universidad, concluyendo que esta habría incumplido la obligación prevista en el artículo 122 de la Ley Universitaria, en concordancia con el artículo 29 del Estatuto de la Universidad, al haber permitido que el señor José Manuel Castillo Custodio postule y sea posteriormente elegido en el cargo de Rector por un segundo periodo consecutivo (2016-2021), a pesar que no reunía el requisito de elegibilidad para postular a tal cargo en dicha oportunidad. Asimismo, se recomienda derivar el expediente a la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Sunedu, para que evalúe el inicio de un procedimiento administrativo sancionador. El 20 de enero de 2020, mediante Oficio Nº 0047-R-2020-UPLA51, la Universidad informó sobre declaratoria de vacancia del Rector acordada en Sesión extraordinaria de Asamblea Universitaria52 y, a su vez, con
Oficio Nº 0052-R-2020-UPLA , presentó la Resolución Nº 0122-2020-AU del 16 de enero de 2020, que resuelve validar la documentación presentada por la Universidad ante la Sunedu que fueron suscritas por el Dr. José Manuel Castillo Custodio durante el Procedimiento de Licenciamiento Institucional. Asimismo, el 20 de enero de 2020, mediante Oficios Nº 0041-R-2020-UPLA, 0042-R-2020-UPLA, 0042-R-2020UPLA 54, 0043-R-2020-UPLA, 0044-R-2020-UPLA, 0045-R-2020-UPLA y 0048-R-2020-UPLA55, la Universidad presentó, en seis mil quinientos cincuenta y siete (6 557) folios, información actualizada referentes a las CBC I, III, IV, V, VI, VII y VIII. A su vez, presentó la Resolución Nº 058-2019-AU-CU del 18 de septiembre de 2019, que ratificó la Resolución Nº 1795-2019-CU-CF, que aprueba la modificación de la denominación de un (1) programa de Segunda Especialización en Medicina Humana, Especialidad: Oncología Médica56; debiendo ser programa de Segunda Especialización en Medicina Humana, Especialidad: Medicina Oncológica, asociado a la Unidad de posgrado de la Facultad de Medicina Humana. Mediante correo electrónico institucional del 20 de enero de 2019, la Universidad presentó información financiera actualizada, por lo que, mediante Resolución de Trámite Nº 12 del 21 de enero de 2020, se resolvió incorporar al expediente dicha información. El 27 de enero de 2020, mediante Oficios Nº 0067-R-2020-UPLA, 0068-R-2020-UPLA, 0069-R-2020UPLA, 0070-R-2020-UPLA, 0071-R-2020-UPLA, 0072-R-2020-UPLA y 0073-R-2020-UPLA57, la Universidad presentó, en tres mil cuatrocientos ochenta y dos (3 482) folios, información complementaria. Asimismo, mediante correo electrónico institucional del 29 de enero de 2019, la Universidad presentó información actualizada, por lo que, mediante Resolución de Trámite Nº 13 del 29 de enero de 2020, se resolvió incorporar al expediente dicha información.
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Refiere a los Oficios Nº 0485, 0486, 0488 y 0489-R-2019-UPLA, mediante los cuales la Universidad presentó un total de tres mil quinientos diecisiete (3 517) folios. Refiere a los Oficios Nº 0490, 0491, 0492 y 0493-R-2019-UPLA, mediante los cuales la Universidad presentó un total de doce mil ciento veintisiete (12 127) folios. Refiere a los Oficios Nº 0566, 0573 y 0574-R-2019-UPLA, mediante los cuales la Universidad remitió un total de seiscientos setenta y ocho (678) folios. Refiere a los Oficios Nº 0599, 0600, 0601, 0602, Nº 0603 y Nº 0604-R-2019UPLA, la Universidad presentó información actualizada posterior a la DAP en un total de dos mil ochocientos cincuenta y nueve (2 859) folios. Mediante el link de Google Drive https://onedrive. live.com/?authkey=%21Agcthrgmrgthi2I&id= 8D616B96172A7F86%21114&cid= 8D616B96172A7F86 Presentados mediante RTD Nº 38290, 38291, 38292 y 38293-2019-SUNEDU-TD, respectivamente. Presentados con RTD Nº 38845 y 39463-2019-SUNEDU-TD, respectivamente. Refiere a los siguientes locales: (SL01) Av. Mártires del Periodismo Nº 2008-2040-2060-2080, Jr. Ciro Alegría Nº 215, Calle Las Estrellas Nº 105115, Calle Neptuno Nº 100-150 Y Calle Los Andes Nº 125, provincia de Huancayo, departamento de Junín; y (SL02) Av. Los Pioneros 1028 - Jr. Fray Dionisio Ortiz S/N), provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. RTD Nº 40529, 41245, 41252, 41257, 41247, 41250, 41249, 41251, 41259 y 41246-2019-SUNEDU-TD, respectivamente. RTD Nº 43890-2019-SUNEDU-TD. RTD Nº 3051-2020-SUNEDU-TD. Acordada mediante Sesión extraordinaria de Asamblea Universitaria del 15 de enero de 2010 y aprobada con Resolución Nº 001-2020-AU de la misma fecha. RTD Nº 3016-2020-SUNEDU-TD. [sic] Numeración repetida erróneamente por la Universidad. Presentados mediante RTD Nº 3060, 3017, 3049, 3021, 3045, 3042 y 3015-2020-SUNEDU-TD, respectivamente. Creado mediante Resolución Nº 069-2012-AU del 28 de diciembre de 2012 y registrado oficialmente en la Asamblea Nacional de Rectores, mediante Resolución Nº 2163-2014-ANR del 25 de septiembre de 2014. Presentados mediante RTD Nº 4544, 4546, 4547, 4543, 4544, 4538 y 4537-2020-SUNEDU-TD, respectivamente.


