Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2020 (21/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 21 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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10. Arteritis Viral Equina (táchese la opción que no corresponda): a) Resultaron negativos a dos (2) pruebas de diagnóstico de: ­ Neutralización del virus; o ­ ELISA. Las pruebas deberán ser efectuadas durante los veintiocho (28) días anteriores al embarque a partir de muestras sanguíneas, que se tomaron con más de catorce (14) días de intervalo; o b) Los equinos machos fueron acoplados (menos de 12 meses antes del embarque) a dos (2) yeguas que resultaron negativas a dos (2) pruebas de diagnóstico de: ­ Neutralización de virus; o ­ ELISA. Las pruebas deberán ser efectuadas a partir de muestras sanguíneas; la primera se tomó el día de la monta y la segunda veintiocho (28) días después; o c) Resultaron negativos a una (1) prueba de diagnóstico de: ­ Neutralización de virus; o ­ ELISA. La prueba deberá ser efectuada a partir de muestras sanguíneas que se tomaron de equinos entre los seis (6) y doce (12) meses de edad, y fueron inmediatamente vacunados contra la enfermedad y revacunados periódicamente. 11. Estomatitis Vesicular (táchese la opción que no corresponda): Los equinos fueron protegidos contra los insectos vectores durante la cuarentena y el transporte hasta el lugar de carga y resultaron negativos a: a) ELISA; o b) Neutralización de Virus. Las pruebas deberán ser efectuadas por lo menos veintiún (21) días después del comienzo de la cuarentena. 12. Encefalomielitis Equina Venezolana (táchese lo que no corresponde): a) Los equinos han sido vacunados más de sesenta (60) días antes del embarque (indíquese la fecha de vacunación) y fueron claramente identificados con una marca permanente en el momento de la vacunación; y · Permanecieron sin aumento de la temperatura diaria durante el tiempo de la cuarentena; o · Presentaron aumento de la temperatura y resultaron negativos a: ­ Aislamiento de virus, o ­ Inhibición de la hemoaglutinación, o ­ Inmunofluorescencia indirecta. b) Los equinos no han sido vacunados durante los sesenta (60) días previos al embarque, y resultaron negativos a: ­ Una prueba serológica ELISA de captura de IgM de detección de anticuerpos, realizada catorce (14) días después del comienzo de la cuarentena. 13. Anemia Infecciosa Equina (táchese la opción que no corresponda): Los equinos resultaron negativos a una prueba de:

­ Inmunodifusión en Gel de Agar; o ­ ELISA competitivo; o ­ ELISA no competitivo, efectuada durante los treinta (30) días anteriores al embarque. 14. Virus del Oeste del Nilo (táchese la opción que no corresponda). a) Los equinos han sido vacunados con una vacuna inactivada por lo menos en dos ocasiones separadas por un intervalo de veintiún (21) a cuarenta y dos (42) días, habiéndose administrado la última vacunación como mínimo treinta (30) días antes de la fecha de embarque (indicar la fecha de vacunación); o b) Los equinos no fueron vacunados y resultaron negativos a una prueba de ELISA de captura para IgM realizada en una muestra de sangre extraída oficialmente, dentro de los quince (15) días anteriores al embarque. 15. Los equinos resultaron negativos a una prueba de (táchese la opción que no corresponda): ­ Inmunofluorescencia Indirecta con anticuerpo; o ­ ELISA de competición., Para la detección de Theileria equi y Babesia caballi; efectuadas dentro de los treinta (30) días anteriores al embarque. 16. Los equinos durante la cuarentena, recibieron dos (2) tratamientos antiparasitarios externos e internos con productos adecuados según el tipo de ectoparásitos o endoparásitos prevalentes en la zona de origen; el primero, al comienzo de la cuarentena y, el último, a los ocho (8) días anteriores al embarque. 17. Los equinos no presentaron el día del embarque, ni durante los tres (3) meses anteriores al embarque, ningún signo clínico de: Influenza equina, Estomatitis Vesicular, Arteritis Viral Equina, Encefalomielitis del Este o del Oeste, Rinoneumonía Equina, Linfangitis Epizoótica Equina, Viruela equina, Anemia Infecciosa equina y Virus del Oeste del Nilo. 18. Los equinos fueron examinados en el establecimiento de cuarentena por un Veterinario Oficial al momento de ser embarcados, quien ha comprobado su identidad y constatado la ausencia de heridas con huevos o larvas de moscas. Ni presencia de garrapatas, sarna u otros ectoparásitos. 19. Durante la cuarentena no fue introducido ningún otro animal en los locales de aislamiento. 20. Los equinos fueron inspeccionados por un Médico Veterinario de la Autoridad Oficial Competente del Ecuador en el puerto de embarque; y fueron encontrados libres de evidencia de enfermedades infectocontagiosas que afecte a la especie. 21. Los equinos fueron transportados directamente del establecimiento de cuarentena hacia el puerto de exportación, en vehículos limpios y desinfectados con productos autorizados por el Ecuador. PARÁGRAFO: I. No se permitirá el ingreso de pasturas, concentrados, camas o desperdicios que acompañen a los equinos, los que deberán ser destruidos en el punto de ingreso al Perú. En el caso de aperos, ropas y otros equipos, éstos deberán ser desinfectados con desinfectante efectivos contra el virus de la FIEBRE AFTOSA. Igual procedimiento, deberá aplicarse al casco de los equinos. II. Al llegar al Perú, los equinos procedentes del Ecuador, permanecerán en cuarentena por un periodo de quince (15) días en un lugar autorizado, por el SENASA, cuyos costos serán asumidos por el usuario. III. El tachado de los requisitos, cuando se realice con bolígrafo deberá ser refrendado por el Médico Veterinario Oficial del Ecuador a fin que pueda ser aceptado por el SENASA. 1857621-1

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