Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2020 (21/02/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 13
El Peruano / Viernes 21 de febrero de 2020
NORMAS LEGALES
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De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Darwin Manuel Muñoz Mendoza, del 23 de febrero al 01 de agosto de 2020, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas Total US $ 432,00 X X 1 = 432,00
Pasajes aéreos
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1857463-2
Crean la Comisión Sectorial encargada de elaborar el Plan de Implementación del proceso de Reorganización de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2020-IN Lima, 20 de febrero de 2020 VISTOS, el Oficio N° 0122-2020-CGPNP/SECEJE/ UTD-OR de la Oficina de Resoluciones de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 0002812020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que el Ministerio del Interior es un organismo
del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y es el organismo rector del Sector Interior; Que, el artículo 3 del citado Decreto Legislativo N° 1266, establece que el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y al Fondo de Aseguramiento adscrito a él; Que, conforme al artículo 5 del mencionado Decreto Legislativo, el Ministerio del Interior tiene como funciones, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas públicas nacionales y sectoriales, planes, programas y proyectos, aplicables a todos los niveles de gobierno, ejerciendo rectoría respecto de ellos; todo ello en el marco de las competencias del Ministerio en campos policiales y no policiales; Que, el artículo 7 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado con Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector Interior, y es responsable de su conducción; Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2019-IN, se declaró el inicio del proceso de reorganización de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional que conforman la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial (ENFPP) de la Policía Nacional del Perú; Que, el citado Decreto Supremo, en su artículo 3 dispone que el Consejo Superior de Formación Profesional de la ENFPP, presente al Despacho Ministerial el Plan de Implementación Progresiva del proceso de reorganización de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional que conforman la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la Policía Nacional del Perú, para su aprobación mediante Resolución Ministerial; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos; son creadas formalmente por resolución del titular de la entidad a cuyo ámbito de competencia correspondan; Que, mediante el Oficio de Vistos, la Policía Nacional del Perú, solicita la creación de una Comisión Sectorial encargada de elaborar el Plan de Implementación del proceso de Reorganización de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional que conforman la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, teniendo en cuenta tres aspectos principales: i) el aspecto académico; ii) infraestructura y equipamiento y iii) el aspecto institucional; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, es el órgano de gestión educativa encargado de organizar, impartir, evaluar y certificar la formación profesional de los estudiantes y personal de la Policía Nacional del Perú, por lo cual, le corresponde ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial; Con los vistos de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y la Resolución Ministerial N° 15202019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1. Creación de la Comisión Sectorial encargada de elaborar el Plan de Implementación del proceso de Reorganización de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional de la Policía Nacional del Perú Créase la Comisión Sectorial encargada de elaborar el Plan de Implementación del proceso de Reorganización de las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional que conforman la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la Policía Nacional del Perú.


