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29 NORMAS LEGALES Domingo 7 de junio de 2020 El Peruano / calidad ambiental, el aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos naturales y el bienestar de su población. Prescribiendo en su último párrafo que el Sistema Regional de Gestión Ambiental se regula mediante Ordenanza Regional, previa opinión favorable del CONAM. Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprobó la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, señala que el MINAM es el ente rector del sector Ambiente y, como tal, desarrolla, dirige, ejecuta y supervisa la Política Nacional del Ambiente. Además, el numeral 4.2 del artículo 4 del citado Decreto Legislativo señala que el MINAM es la autoridad técnico-normativa de alcance nacional en materia de regulación ambiental. Que, el literal e) del artículo 67 del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, establece que la DGPIGA es responsable de emitir opinión previa sobre proyectos normativos con implicancias ambientales relacionados a políticas e instrumentos de gestión ambiental, institucionalidad y procesos de evaluación de impacto ambiental. Que, dicha norma, determina además que los gobiernos regionales, a través de sus Gerencias Regionales de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, o los similares a este, son responsables de implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental en coordinación con la Comisión Ambiental Regional y el MINAM. Que, mediante el Informe Nº 086-2019-GRP- PASCO-GGR/GRRNGMA el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, solicita la aprobación mediante Ordenanza Regional, de la ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL, concordante con el Informe Legal Nº 024-2019-GR.PASCO-GRRNNGMA-AL/YQC que opina favorablemente; Que, con O fi cio Nº 00634-2019-MINAM/VMGA/ DGPIGA, suscrito por Nancy Chauca Vásquez, Directora General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, se concluye otorgar opinión favorable para la actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental de Pasco, siempre que se considere los aspectos señalados en el Anexo 1, que se adjunta, la cual se sustenta en el Informe Nº 859-2019-MINAM/VMGA/DGPIGA. Que, el Informe Nº 00859-2019-MINAM/VMGA/ DGPIGA, suscrito por Luz Marina Velarde Andrade, Especialista en Plani fi cación Estratégica Ambiental y Héctor Daniel Benítez Castro, Especialista Legal en Gestión Ambiental, ambos del Ministerio del Ambiente, se concluye que: “Corresponde al Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, otorgar la opinión favorable a la propuesta de actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental de Pasco remitida por la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Pasco, siempre que se considere los aspectos señalados en el Anexo 1, que se adjunta, toda vez que concuerda con la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM y el marco normativo que regula los ámbitos temáticos y sistemas comprendidos en el Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, conformado mediante Acuerdo de Consejo Nº 002-2020-G.R.PASCO/CR, ha estudiado y evaluado los documentos remitidos a la Comisión con relación al proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL, que tiene por fi nalidad desarrollar, implementar, revisar y corregir la política ambiental regional y las normas que regulan su organización y funciones en el marco político e institucional nacional; para guiar la gestión de la calidad ambiental, el aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos naturales, y el bienestar de la región Pasco;Que, en aplicación a lo establecido en el artículo 15º, inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, concordante con el artículo 30º del Reglamento Interno del Consejo Regional, se procedió al debate en reunión ordinaria de la Comisión desarrollada el día 30 de enero del año 2020, determinando dictaminar por MAYORÍA; Que, estando a lo acordado por el Consejo Regional en su Sesión Ordinaria y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental, el mismo que como anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza regional Nº 423-2017-G.R.P/CR del 12 de diciembre del 2017 y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente Ordenanza Regional estará a cargo de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario O fi cial El Peruano y el portal electrónico del Gobierno Regional de Pasco. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente a su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los siete días del mes de febrero del dos mil veinte. BISMARK ALFONSO RICALDI NANO Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los diez días del mes de febrero de dos mil veinte. PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional 1867404-4 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el ejercicio 2020 ORDENANZA Nº 544-2020-MDB Barranco, 29 de mayo de 2020