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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (07/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Domingo 7 de junio de 2020 El Peruano / Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, del mismo cuerpo legal, señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 368-2015-GRP/CR, el Magno Consejo; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Supervisión, Fiscalización y Sanción en Materia Ambiental del Gobierno Regional de Pasco, cuyo contenido adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente a su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintitrés días del mes de enero de dos mil veinte. BISMARK ALFONSO RICALDI NANO Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Pasco, a los veintisiete días del mes de enero del dos mil veinte. PEDRO UBALDO POLINAR Gobernador Regional 1867404-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS APROBATORIAS Y LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN SU PORTAL WEB De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1272 y 1452, se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como el Anexo (TUPA) en el Diario O ficial El Peruano y en su Portal Web, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modi ficación se publicará en el medio impreso del Diario O ficial El Peruano, tal como se dispone en el Art. 38.2 de la Ley Nº 27444. Adicionalmernte, la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como su respectivo Anexo (TUPA), se publicarán en el Portal Web del Diario O ficial El Peruano. Esta publicación en la web es de carácter gratuita, tal como se dispone en el Art. 38.3 de la Ley Nº 27444. 2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán mediante o ficio de manera expresa lo siguiente: a) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, en el Diario O ficial El Peruano. b) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como su respectivo Anexo (TUPA) en el Portal Web del Diario O ficial El Peruano. Asimismo, en el O ficio precisarán que: “el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo tupaweb@editoraperu.com.pe , son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad”. 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: a) La norma aprobatoria del TUPA o su modi ficación, se recibirá en medio impreso refrendado por persona autorizada y adicionalmente en archivo electrónico mediante correo institucional enviado a tupaweb@editoraperu.com.pe . b) El anexo (TUPA) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a tupaweb@editoraperu.com.pe , mas no en versión impresa. 4. El archivo electrónico del TUPA (anexo) deberá cumplir con el siguiente formato: a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.c) El tipo de letra Arial.d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos.e) El interlineado sencillo.f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.g) El archivo no debe contener encabezado ni pie de página.h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El archivo electrónico de la norma aprobatoria del TUPA o su modi ficación, deberá presentarse en formato Word, conteniendo en la parte correspondiente, la siguiente información: - Nombre de la institución. - Tipo y número de la norma.- Fecha de emisión.- Nombre y cargo de la autoridad que firma dicho documento. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES