Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2020 (04/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES
ORDEN 3 4 5 5 7 8 9 10 11 12

Miércoles 4 de marzo de 2020 /

El Peruano

e Impuesto al Patrimonio Vehicular; el Cronograma de Vencimiento del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y Arbitrios Municipales, el Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial e Impuesto del Patrimonio Vehicular; y la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a los tributos que administra la Municipalidad Provincial de Cañete. Que, la Comisión de Planificación Económicas y Administrativas Municipal, mediante el Dictamen N° 004-2020-CPEyAM-MPC de fecha 19 de febrero de 2020, sugiere: a) la aprobación de la Ordenanza que aprueba EL MONTO MÍNIMO PREDIAL E IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL , EL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Y LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) APLICABLE A LOS TRIBUTOS QUE ADMINISTRA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE de acuerdo al Informe detallado N° 020-2020-GAT-MPC; Estando a lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Art. 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley 27972, con voto MAYORITARIO de los señores Regidores; se aprobó: ORDENANZA QUE APRUEBA PARA EJERCICIO FISCAL 2020:1) EL MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR, 2) EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Y ARBITRIOS MUNICIPALES, 3) EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR, Y 4) LA TASA DE INTERES MORATORIO (TIM) APLICABLE A LOS TRIBUTOS QUE ADMINISTRA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE. Articulo 1.- ESTABLECER para el Ejercicio Fiscal 2020, el monto mínimo a pagar por concepto de: a) Impuesto Predial ­ En 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), monto que asciende a S/ 25.80 (veinticinco con 80/100 soles); con excepción a los contribuyentes que se encuentran exonerados al pago del Impuesto Predial. b) Impuesto al Patrimonio Vehicular ­ El 1.5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), monto que asciende a S/.64.50 (sesenta y cuatro con 50/100 soles); con excepción a los contribuyentes que se encuentran exonerados del Impuesto al Patrimonio Vehicular. Articulo 2.- ESTABLECER el cronograma de vencimiento del plazo para el pago de los tributos municipales es: a) IMPUESTO PREDIAL, PATRIMONIO VEHICULAR IMPUESTO AL

MENSUAL MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE

VENCIMIENTO Martes, 31 de marzo de 2020 Jueves, 30 de abril de 2020 Viernes, 29 de mayo de 2020 Martes, 30 de junio de 2020 Viernes, 31 de julio de 2020 Lunes, 31 de agosto de 2020 Miércoles, 30 de setiembre de 2020 Viernes, 30 de octubre de 2020 Lunes, 30 de noviembre de 2020 Jueves, 31 de diciembre de 2020

Articulo 3.- ESTABLECER el Derecho de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial Arbitrios Municipales e Impuesto al Patrimonio Vehicular (correspondiente a la Actualización de Valores, Determinación y Distribución Domiciliaria), para el Ejercicio Fiscal 2020; conforme se describe a continuación: a) En S/ 7.70 (SIETE CON 70/100 SOLES) el monto correspondiente a la Emisión Mecanizada de Actualización de Valores , Determinación y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular , para aquellos contribuyentes que tengan su domicilio fiscal DENTRO de la jurisdicción de San Vicente de Cañete . b) En S/ 15.40 (QUINCE CON 40/100 SOLES) el monto correspondiente a la Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular, para aquellos contribuyentes que tengan su domicilio fiscal FUERA de la jurisdicción de San Vicente de Cañete. c) En S/ 1.54 (UNO CON 54/100 SOLES) el monto correspondiente a la Emisión de Actualización Mecanizada de Valores, Determinación y Distribución Domiciliaria del Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular; por CADA PREDIO O VEHICULO ADICIONAL. Articulo 4.- FIJAR en UNO Y DOS DECIMAS POR CIENTO (1.2%) mensual, la Tasa de Intereses Moratorio (TIM) vigente para Ejercicio Fiscal 2020; respecto a los Tributos que la Municipalidad Provincial de Cañete administra y/o recauda y no sean cancelados en los plazos establecidos. en caso que la SUNAT, en el transcurso del presente Ejercicio Fiscal; será de aplicación automática el nuevo porcentaje de dicha Tasa. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- DEJAR SIN EFECTO las normas y/o disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Segunda.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia De Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR, a la Gerencia De Secretaria General, la publicación de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y así como a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, Racionalización, Estadística la publicación en el portal Institucional de la Municipalidad Provincial de cañete. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SEGUNDO CONSTANTINO DIAZ DE LA CRUZ Alcalde Provincial 1861262-1

- Pago anual al contado: viernes ,28 de febrero del 2020 - Pago fraccionado: TRIMESTRE PRIMER SEGUNDO TERCERO CUARTO VENCIMIENTO Viernes, 28 de febrero de 2020 Viernes, 29 de mayo del 2020 Lunes, 31 de agosto 2020 Lunes, 30 de noviembre de 2020

b) ARBITRIOS MUNICIPALES - Pago anual al contado: viernes ,28 de febrero del 2020 - Pago fraccionado: ORDEN 1 2 MENSUAL ENERO FEBRERO VENCIMIENTO Viernes, 28 de enero de 2020 Viernes, 28 de febrero de 2020

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