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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MARZO DEL AÑO 2020 (10/03/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Martes 10 de marzo de 2020 / El Peruano Autorizan Transferencia Financiera de la Universidad Nacional de Piura a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2295-R-2019 Piura, 18 de diciembre del 2019VISTOEl expediente Nº 0041-5418-19-1, presentado por la CPC Karina Galecio Angeldonis, Contadora General de la Universidad Nacional de Piura; y CONSIDERANDO Que, mediante el artículo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría. Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369- 2019-CG,de fecha 22 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario para el periodo 2019 estableciendo el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, correspondiendo a la Universidad nacional de Piura la suma de S/ 78,506.78 ( setenta y ocho mil quinientos seis con 78/100 soles) por el periodo auditado del año 2019 Que, mediante el O fi cio Nº 1205-2019-CG/SGE de fecha 27 de noviembre de 2019, el Secretario General de la Contraloría General de la Republica comunica el próximo inicio de las convocatorias públicas de méritos para la designación de las Sociedades de Auditoria periodo 2019, por lo que solicita se realice una transferencia fi nanciera del 50% por concepto de retribución económica, incluido el IGV, equivalente a S/ 35,630.00 (treinta y cinco mil seiscientos treinta y 00/100 soles), así como el deposito en la cuenta corriente de la Contraloría General de la Republica del 6 % por concepto de derecho de designación o supervisión a la Sociedad de Auditoria, ascendente a S/ 7,246.78 ( siete mil doscientos cuarenta y seis y 78/00soles), con fi gurando un monto total de S/ 42,876.78 ( cuarenta y dos mil ochocientos setenta y seis con 78/100 soles) Que, con Certi fi cación Nº 3462-2019-UNP-OPEP- OPPTO del 16 de diciembre de 2019, el Jefe de la O fi cina Central de Plani fi cación y Jefe de Presupuesto, emite opinión favorable sobre la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la Republica y emite la certi fi cación de crédito presupuestario Nº 2986 por el monto de S/ 42,876.78 (cuarenta y dos mil ochocientos setenta y seis con 78/100 soles) Que, estando a lo informado por la o fi cina de Plani fi cación y contando con la visación de la Dirección General de Administración; y Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2019 – Ley Nº 30879, establece en su Art. 4.2º: “Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son e fi caces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la O fi cina de Presupuesto y del Jefe de la O fi cina de Administración, o los que hagan sus veces, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nª 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público”; Que, el artículo 175º, inciso 3) El Rector es el representante legal de la Universidad y ejerce el gobierno de la misma siendo sus funciones las siguientes: Dirigir la actividad académica de la Universidad y gestión administrativa, económica y fi nanciera; Estando a lo dispuesto por el señor Rector en uso de las atribuciones legales que le con fi ere el cargo. SE RESUELVE:Artículo 1º.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, por la suma de S/ 42,876.78 (cuarenta y dos mil ochocientos setenta y seis con 78/100 soles) por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- DETERMINAR, que la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo primero de la presente resolución será con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 521: Universidad Nacional de Piura; por la Fuente de Financiamiento 2 Rubro 09: Recursos Directamente Recaudados, meta 23, certi fi cado 2986, secuencia 1, partida 2.4.1.3.1.1 Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y ejecútese.CÉSAR AUGUSTO REYES PEÑA Rector 1862640-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran concluido el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 RESOLUCIÓN Nº 0134-2020-JNE Lima, nueve de marzo de dos mil veinte.VISTOS los informes fi nales de los presidentes de los 60 Jurados Electorales Especiales instalados con motivo de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. ANTECEDENTESConvocatoria al proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 Mediante Decreto Supremo N.º 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario o fi cial El Peruano , el 30 de setiembre de 2019, el Presidente de la República dispuso la disolución del Congreso correspondiente al periodo constitucional 2016-2021 y convocó a elecciones para un nuevo Congreso, para el domingo 26 de enero de 2020, con la fi nalidad de elegir congresistas de la República que completen el referido periodo. Administración de justicia electoralCon la Resolución N.º 0154-2019-JNE, de fecha 7 de octubre de 2019, se establecieron, para este proceso electoral, 60 circunscripciones administrativas y de justicia electoral, sobre las cuales se constituyeron igual número de Jurados Electorales Especiales (JEE) que se instalaron progresivamente, de acuerdo con las competencias asignadas y el cronograma del proceso electoral aprobado mediante la Resolución N.º 0155-2019-JNE, de fecha 10 de octubre de 2019. CONSIDERANDOS 1. El domingo 26 de enero de 2020, se llevaron a cabo las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, bajo el sistema