Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2020 (19/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de marzo de 2020 /

El Peruano

Magistratura, la Gerencia de Administración Distrital y la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MIGUEL ÁNGEL RIVERA GAMBOA Presidente 1865062-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Delegan en la Gerente General Regional del Gobierno Regional Lambayeque la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el Año Fiscal 2020
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000006-2020-GR.LAMB/GR [3467556 ­ 1] Chiclayo, 7 de enero de 2020 VISTO: El Informe Legal Nº 000007-2020-GR.LAMB/ORAJ [3467556 - 3] de fecha 07 de enero de 2019 emitido por el Jefe Regional de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 0012020-GR.LAMB/GR del 02 de enero del 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020; Que, el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el referido Sistema es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que conducen el proceso presupuestario de las Entidades Públicas; Que, el artículo 7º de la precitada normativa, establece que el Titular de la Entidad, es responsable en materia presupuestaria, pudiendo delegar sus funciones en dicha materia cuando lo establezca expresamente la citada norma, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado; Que, asimismo el numeral 47.2 del artículo 47º, señala que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, es propósito del Titular del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, promover y apoyar la agilización y eficacia en la toma de decisiones, a fin de optimizar la gestión en materia presupuestaria; por lo que considera conveniente, delegar en la Gerente General Regional del Gobierno Regional Lambayeque la facultad de aprobación de modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático durante el Año Fiscal 2020;

Que, mediante Informe Nº 000005-2020-GR.LAMB/ ORPP [3467556 - 2] de fecha 06 de diciembre de 2019, emitido por la Jefa Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, precisa que de acuerdo al artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1440, el Titular de la Entidad, es responsable en materia presupuestaria pudiendo delegar sus funciones en dicha materia cuando lo establezca expresamente la citada norma, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. Es así que indica que a efectos de optimizar y agilizar la gestión en materia presupuestaria del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque, considerando conveniente delegar en algún funcionario de la entidad la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático durante el Año Fiscal 2020; Estando a lo dispuesto por el Gobernador Regional y conforme a la opinión legal favorable emitida mediante Informe Legal Nº 000007-2020-GR.LAMB/ORAJ [3467556 - 3] por la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, con el visado de la Secretaría General y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria, Ley Nº 27902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar, en la Gerente General Regional del Gobierno Regional Lambayeque, CPC MARÍA RITA CASTRO GROSSO, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque durante el Año Fiscal 2020; debiendo dar cuenta al Titular respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Presupuesto Público y a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANSELMO LOZANO CENTURION Gobernador Regional 1865030-1

Aprueban modificación del Tarifario de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional Lambayeque
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 000071-2020-GR.LAMB/GR [3330602 - 14] Chiclayo, 14 de febrero de 2020 VISTO: El Oficio Nº 000048-2019-GR.LAMB/GRIN/DIOBPCHA [3330602-2] emitido por el Coordinador del Área de Planta Chancadora - Asfalto, el Oficio Nº 002054-2019GR.LAMB/GRIN [3330602 - 9] emitido por el Gerente Regional de Infraestructura, el Oficio Nº 002404-2019GR.LAMB/ORAD [3330602 - 10] emitido por el Jefe Regional de Administración, el Informe Legal Nº 0000632020-GR.LAMB/ORAJ [3330602 - 13] emitido por el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, y sus normas modificatorias establece en su artículo 191º que los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del

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