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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (02/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 2 de noviembre de 2020 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General destinada a la contratación de sociedad auditora externa RESOLUCIÓN Nº 0069-2020/SBN San Isidro, 30 de octubre de 2020 VISTOS:El O fi cio N° 000384-2020-CG/GAD de fecha 09 de octubre de 2020, de la Contraloría General de la República; el Informe N° 00663-2020/SBN-OPP de fecha 28 de octubre de 2020, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00097-2020/SBN-OAF de fecha 29 de octubre de 2020, de la O fi cina de Administración y Finanzas; y, CONSIDERANDO:Que, dentro del marco normativo del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con la Resolución N° 075-2019/SBN de fecha 31 de diciembre de 2019, modi fi cada por la Resolución N° 010-2020/SBN de fecha 22 de enero de 2020, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fi scal 2020 del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta por la suma de S/. 44,579 942 (Cuarenta y Cuatro Millones Quinientos Setenta y Nueve Mil Novecientos Cuarenta y dos y 00/100 Soles); Que, en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, se dispone que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; asimismo, se establece que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, la misma que se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante el O fi cio N° 000384-2020-CG/GAD de fecha 9 de octubre de 2020, la Contraloría General de la República informa a esta Superintendencia que para la contratación y pago de la Sociedad de Auditoría que efectuará la auditoría del periodo 2019 y del periodo 2020, previo concurso público de méritos, se requiere, según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785 y en el Tarifario, realizar la transferencia fi nanciera por este último periodo, por el monto de S/ 72 065,00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles), que le corresponde como retribución económica a dicha Sociedad Auditora, monto que además incluye el Impuesto General a las Ventas; Que, a fi n de atender lo solicitado, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe N° 00663-2020/SBN-OPP, remite la aprobación de la certi fi cación presupuestal (Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000000830) para la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 72,065.00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles); Que, a través del Informe N° 00097-2020/SBN- OAF, la O fi cina de Administración y Finanzas solicita y sustenta la autorización para la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por el monto de S/ 72 065,00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la Sociedad Auditora que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2020; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas resulta necesario aprobar en el presente año fi scal una transferencia fi nanciera por el monto de S/ 72 065,00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, a fi n de que se contrate a la Sociedad Auditora que realiza la auditoría correspondiente al periodo 2020; Con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración y Finanzas y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y su modi fi catoria, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República; y en uso de la atribución conferida por el inciso s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobada por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, hasta el monto de S/ de S/ 72 065,00 (Setenta y dos mil sesenta y cinco y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la Sociedad Auditora externa que realizaría la auditoría correspondiente al periodo 2020. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo primero de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 056: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, Unidad Ejecutora 001: (000204) Fuente de Financiamiento: Meta: 0008 Administración de los Recursos Humanos, Financieros, Logísticos y de Sistemas Informáticos, Actividad: 5000003 Gestión Administrativa, Programa: 9001 Acciones Centrales, Rubro: 09 Recursos Directamente Recaudados, Categoría de Gastos: 2, Genérica del Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, Sub Genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Sub Genérica del Gasto Detallada: 2.4.1.3A Otras Unidades del Gobierno, Especi fi ca del Gasto: 2.4.1.3.1 A Otras Unidades del Gobierno y Especi fi ca Detallada del Gasto: 2.4.1.3.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Comunicación Encargar a la O fi cina de Administración y Finanzas, que comunique a la Contraloría General de la República la ejecución de la transferencia realizada.