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15 NORMAS LEGALES Lunes 2 de noviembre de 2020 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Agropecuario el traslado de agencias ubicadas en los departamentos Cusco y La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 02109-2020 Lima, 28 de agosto de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA:La solicitud presentada por el Banco Agropecuario, para que se le autorice el traslado de una Agencia ubicada en Avenida El Sol S/N 3er Piso, distrito de Cusco; a la ofi cina ubicada en Lote Nº 06 Manzana “B” Asociación Residencial Los Jardines, distrito de Wanchaq, ambas direcciones pertenecientes a la provincia de Cusco, departamento de Cusco; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 1231-2002 de fecha 29 de noviembre de 2002, se autorizó la apertura de la Agencia Cusco, ubicada en Avenida El Sol S/N 3er Piso, distrito, provincia y departamento de Cusco; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Único .- Autorizar al Banco Agropecuario el traslado de una Agencia ubicada en Jirón Independencia Nº 264, a la oficina ubicada en Avenida El Sol S/N 3er Piso, distrito de Cusco; a la oficina ubicada en Lote Nº 06 Manzana “B” Asociación Residencial Los Jardines, distrito de Wanchaq, ambas direcciones pertenecientes a la provincia de Cusco, departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese.MYRIAM CARMEN CORDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas 1897551-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 02110-2020 Lima, 28 de agosto de 2020 LA INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZASVISTA: La solicitud presentada por el Banco Agropecuario, para que se le autorice el traslado de una Agencia ubicada en Jirón Independencia Nº 264, a la o fi cina ubicada en Jirón Isabel de Bobadilla Nº 413, ambas direcciones pertenecientes al distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 1231-2002 de fecha 29 de noviembre de 2002, se autorizó la apertura de la Agencia Trujillo, ubicada en Jirón Independencia Nº 280, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Que, mediante Resolución SBS Nº 342-203 de fecha 16 de enero de 2013, se autorizó el traslado de la Agencia Trujillo al Jirón Independencia Nº 264, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE: Artículo Único .- Autorizar al Banco Agropecuario el traslado de una Agencia ubicada en Jirón Independencia Nº 264, a la o fi cina ubicada en Jirón Isabel de Bobadilla Nº 413; ambas direcciones pertenecientes al distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Regístrese, comuníquese y publíquese.MYRIAM CARMEN CORDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas 1897553-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Amplían vigencia de la Ordenanza Nº 009-2020-MDB, que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Bellavista por el avance del COVID-19 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2020/MDB Bellavista, 28 de octubre de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Memorándum Nº 171-2020-MDB/GATR de fecha 28 de octubre del 2020 y, el Informe N.º 160-2020-MDB/GAJ de fecha 28 de octubre del 2020: CONSIDERANDO: Que, la autonomía de los gobiernos locales se encuentra prevista en el artículo 194º de la Constitución