Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2020 (02/11/2020)


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Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 02/11/2020 19:31:25

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15710
LUNES 2 DE NOVIEMBRE DE 2020

1

EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
EDUCACION R.VM. N° 205-2020-MINEDU.- Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan los procesos de alineamiento de los puestos y de funciones de los directores generales, responsables de unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos" 1 SALUD R.M. Nº 899-2020/MINSA.- Aprueban Directiva Sanitaria para el reinicio de actividades religiosas o de culto en el marco de la emergencia sanitaria de la COVID-19 3 R.M. Nº 900-2020/MINSA.- Modifican el Anexo de la R.M. Nº 643-2020/MINSA, que autorizó Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, para contar con asesoría y realizar diagnóstico técnico de plantas de generación de oxígeno 3 R.M. Nº 901-2020/MINSA.- Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Instituto Nacional de Salud 5 Res. Nº 271-2020/MINSA.- Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital Nacional Docente Madre Niño - San Bartolomé 6

PODER EJECUTIVO

EDUCACION
Aprueban Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan los procesos de alineamiento de los puestos y de funciones de los directores generales, responsables de unidades, áreas y coordinaciones de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 205-2020-MINEDU Lima, 2 de noviembre de 2020 VISTOS, el Expediente Nº 0129686-2020, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 01176-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al literal b) del artículo 5 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,

es atribución del Ministerio de Educación formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educación, deporte y recreación; Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, en adelante la Ley, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como, el desarrollo de la carrera pública docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos; Que, el artículo 29 de la Ley, establece el régimen de gobierno y de organización de los Institutos y Escuelas de Educación Superior, conformado por la Dirección General, el Consejo Asesor, la Unidad Académica, la Unidad de Investigación, la Unidad de Formación Continua, la Unidad de Bienestar y Empleabilidad, el Área de Administración, el Área de Calidad y la Secretaría Académica; Que, se desprende de lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley, que la gestión pedagógica como área de desempeño laboral de la Carrera Pública del Docente comprende a los docentes que desempeñan los puestos de responsables de las unidades y áreas de los Institutos y Escuelas de Educación Superior mencionadas en el precitado artículo 29;

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