Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2020 (06/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

2 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Viernes 6 de noviembre de 2020 /

El Peruano

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Garantías COVID-19
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2020-EF/52 Lima, 6 de noviembre del 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31050, Ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas a fin de aliviar la economía de las personas naturales y las MYPES como consecuencia del COVID-19, se aprueban medidas extraordinarias de reprogramación de pagos de créditos de personas naturales y MYPES afectadas económicamente por el estado de emergencia nacional a consecuencia del COVID-19, bajo el otorgamiento de garantías del Gobierno Nacional a través del Programa de Garantías COVID-19; Que, a través del numeral 3.1 del artículo 3 de la citada Ley Nº 31050 se crea el Programa de Garantías COVID-19 para la reprogramación de créditos de consumo, personales, hipotecarios para vivienda, vehiculares y MYPES; que tiene por objeto garantizar los créditos reprogramados de personas naturales y MYPES a través de un mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos reprogramados en la moneda que originó el crédito; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 296-2020EF/15 se aprueba el Reglamento Operativo del Programa de Garantías COVID-19; Que, mediante los numerales 5.3 y 5.4 del artículo 5 de la Ley Nº 31050, se encarga a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE la administración del Programa de Garantías COVID-19, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento Operativo, para cuyo efecto se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público y a la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado a suscribir con COFIDE un contrato, así como para formalizar la garantía a las reprogramaciones de deudas acogidas al Programa de Garantías COVID-19, cuyo texto es aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, el artículo 3 del Reglamento Operativo del Programa de Garantías COVID-19 dispone que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprueba el contrato mediante el cual se formaliza el otorgamiento de la garantía, según se realice mediante fideicomiso o comisión de confianza u otro instrumento de similar naturaleza; Que, mediante el Informe Nº 0086-2020-EF/65.02, la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado remite el proyecto de Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Garantías COVID-19; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.4 del artículo 5 de la Ley Nº 31050, Ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas a fin de aliviar la economía de las personas naturales y las MYPES como consecuencia del COVID-19; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación del Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Garantías COVID-19 Aprobar el Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Garantías COVID-19, que incluye el encargo de la administración del Programa a la Corporación Financiera

de Desarrollo S.A. ­ COFIDE, a ser suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado y de la Dirección General del Tesoro Público, y por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE. Artículo 2. Autorización para suscribir documentos Autorizar al Director General de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado y al Director General de la Dirección General del Tesoro Público, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir el Contrato de Fideicomiso de Administración del Programa de Garantías COVID-19 aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como cualquier otro documento conexo o complementario que permita su ejecución. Artículo 3. Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano; así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1900784-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 0800-2020-MTC/01.02 Mediante Oficio N° 1662-2020-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0800-2020MTC/01.02, publicada en la edición del 6 de noviembre de 2020. En el octavo considerando DICE: "Que, a través de los Oficios Nos. 336-2019-GRA-GR y 255-2020-GRA/GR del Gobierno Regional de Arequipa solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobar la reclasificación temporal de las Rutas Vecinales o Rurales Nos. TU-524, TU-526 y TU-532 como Ruta Departamental o Regional, para ejecutar un proyecto de inversión de la red alimentadora de los corredores logísticos, a fin de contribuir con el desarrollo sostenible, la competitividad territorial y la integración social de dicha zona, señalando que cuenta con los recursos para la ejecución del referido proyecto; además, remite los Oficios Nos. 0146-2019-MDSJ/A, 130-2019-MDMALC, 120-2019-MDSJDLV/A y 125-2019-MDPDH/ALC, a través de los cuales los Alcaldes de las Municipalidades Distritales de San Jacinto, Matapalo, San Juan de la Virgen y Pampas de Hospital, respectivamente, inician el trámite de reclasificación de ruta temporal; así como, los Oficios Nos. 167-2019/MPT-ALC y 136-2019-MPZ-ALC, mediante los cuales, los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales de Tumbes y Zarumilla, respectivamente, otorgan su conformidad para proceder con el trámite correspondiente;" DEBE DECIR: "Que, a través de los Oficios Nos. 336-2019-GRAGR y 255-2020-GRA/GR, el Gobierno Regional de Arequipa solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobar la reclasificación temporal de

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