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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (15/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 15 de noviembre de 2020 El Peruano / aprobado por Resolución de Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 039-2013-SUNARP-SN, regula el contenido de la información correspondiente a la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular (TIV); Que, al amparo de las normas antes citadas, mediante Resolución de Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-2020-SUNARP/SN se aprueba la emisión de la nueva Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe), que sustituye a la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular en soporte físico, a partir del 01 de octubre de 2020; con una implementación escalonada que inició en las o fi cinas registrales de la Zona Registral Nº II y de la Zona Registral Nº XIII, para los procedimientos de inscripción registral; Que, asimismo, se precisa en el último párrafo del artículo segundo de la resolución citada en el considerando que antecede que, mediante Resolución de Superintendente Nacional, se dispondrá la emisión de la TIVe en el ámbito nacional y para todos los servicios de inscripción y publicidad que correspondan del Registro de Propiedad Vehicular; Que, atendiendo las solicitudes formuladas por los jefes y jefas de las Zonas Registrales del país, sobre la implementación de la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe) en sus respectivas o fi cinas registrales, y considerando los bene fi cios obtenidos con la simpli fi cación de actuaciones relacionadas a la gestión documentaria que van desde evitar que el ciudadano acuda a la o fi cina registral para recoger la tarjeta hasta la supresión de procedimientos internos sobre su impresión y entrega; emerge la necesidad de avanzar en la emisión de dicho documento electrónico a nivel nacional para los servicios de inscripción y publicidad registral; Que, adicionalmente a lo expresado, es menester señalar que se ha realizado un seguimiento técnico a la expedición de la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe) en las o fi cinas registrales de la Zona Registral Nº II y de la Zona Registral Nº XIII, advirtiéndose que, a la fecha de la presente resolución, el nùmero de tarjetas emitidas asciende a más de catorce mil, evidenciando ello una implementacón exitosa; Que, la Dirección Técnica Registral ha elevado a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos el proyecto de Resolución, conjuntamente con el Informe Técnico, para la evaluación y aprobación respectiva, la cual cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina General de Tecnologías de la Información; Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS, contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral, de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Expedición de la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe) a nivel nacional Autorizar, a partir del 16 de noviembre de 2020, la emisión de la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe), aprobada mediante Resolución Nº 131-2020-SUNARP/SN, para todos los servicios de inscripción y publicidad que correspondan del Registro de Propiedad Vehicular, a nivel nacional. Artículo 2.- Emisión excepcional de Tarjetas de Identi fi cación Vehicular en soporte físico. Disponer que, en tanto las Zonas Registrales mantengan en reserva insumos para la impresión de Tarjetas de Identi fi cación Vehicular en soporte físico, éstas se continúan expidiendo en dicho formato, conjuntamente con la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe), exclusivamente para los procedimientos de inscripción cuyos títulos se tramiten en soporte papel. Mediante Resolución del Jefe de la Zona Registral correspondiente se pone en conocimiento de los administrados, la fecha en que se deje de expedir la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular en formato físico, ya sea por la culminación de los insumos o por cualquier otra causa objetiva que se señale en la misma Resolución. Lo señalado en los párrafos precedentes no se aplica a las o fi cinas registrales que conforman la Zona Registral Nº I, Zona Registral Nº II, Zona Registral Nº XII y Zona Registral Nº XIII, en las cuales, a partir de la fecha indicada en el artículo 1 de la presente resolución, expedirán únicamente la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe) en los procedimientos de inscripción y publicidad que correspondan del Registro de Propiedad Vehicular. Artículo 3.- Alcances en la emisión de la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe) y disponibilidad para veri fi cación o consulta en los servicios de Publicidad Registral Establecer que, emitida la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe) en los servicios de cambio voluntario o duplicado, su acceso y descarga se encuentra disponible las veces que se requiera y en tanto se encuentre vigente, en el rubro Servicios En Línea del Portal Institucional, a través del ícono “Descarga tu TIVe para Duplicado y Cambio Voluntario” , señalando el número de solicitud publicidad, año y código de veri fi cación. La recuperación del código de veri fi cación de la Tarjeta de Identi fi cación Vehicular Electrónica (TIVe) se efectúa conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo tercero de la Resolución de Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-2020-SUNARP/SN. Artículo 4.- Reglas de remisión Precisar que, en todo lo no previsto en la presente Resolución, es de aplicación lo expresamente regulado en la Resolución de Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-2020-SUNARP/SN. Artículo 5.- Comunicación a las entidades publicas Disponer que, se ponga en conocimiento la presente Resolución al Ministerio del Interior (MININTER) y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1903151-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Imponen medida disciplinaria de destitución a Juez del Juzgado de Paz del Centro Poblado Chumbao - Andahuaylas, departamento de Apurímac (Se publican la presente Queja e Investigación a solicitud del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 4951-2020-SG-CE-PJ, recibido el 13 de noviembre de 2020) CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL QUEJA DE PARTE N° 436-2017-APURIMAC Lima, diecinueve de febrero de dos mil veinte.-