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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (04/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Domingo 4 de octubre de 2020 El Peruano / PNIPA 2017-2018 y 2018-2019, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura respectivamente. Asimismo, señala que ha veri fi cado la disponibilidad presupuestal para atender los desembolsos programados, detallando el monto total y por fuente de fi nanciamiento aplicable señalados en los Anexos de la presente resolución; Que, asimismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración, las Unidades de Innovación en Pesca y de Acuicultura, respectivamente, así como a las respectivas O fi cinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo”, prevé que el PNIPA debe informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial, Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el otorgamiento de subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019, en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), señaladas en los cuadros de los Anexos de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 1´203,312.00 (Un millón doscientos tres mil trescientos doce con 00/100 soles), correspondiendo S/ 240,662.40 (Doscientos cuarenta mil seiscientos sesenta y dos con 40/100 soles) por fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR), y S/ 962,649.60 (Novecientos sesenta y dos mil seiscientos cuarenta y nueve con 60/100 soles) por fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito (ROOC), en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento Los otorgamientos de subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento indicadas. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, O fi cinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019. Asimismo disponer a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las O fi cinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 4) de la Resolución Ministerial N° 024-2020-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo” deben elaborar la información para informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Asimismo, disponer a las Unidades de Plani fi cación y Presupuesto, Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las O fi cinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los bene fi ciarios de las subvenciones otorgadas, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a las Unidades y O fi cinas Macro Regionales – OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, y disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA. Regístrese, comuníquese y publíquese.1ROSMARY CORNEJO VALDIVIA Directora Ejecutiva (e)Programa Nacional de Innovaciónen Pesca y Acuicultura 1 La Resolución Directoral y Anexos, está publicado en el Portal Institucional del Programa (www.pnipa.gob.pe) 1890184-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 023-2020-PRODUCE-PNIPA-DE Lima, 26 de septiembre de 2020VISTO;El Informe N° 045-2020-PRODUCE-PNIPA/ DO de la Dirección de Operaciones, Informe N° 070-2020-PRODUCE-PNIPA-UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Informe N° 053-2020-PRODUCE-PNIPA/UIP de la Unidades de Innovación en Pesca y de Acuicultura, que remiten la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que resultaron adjudicados con Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, en el marco de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019 (SIA, SIADE, SEREX y SFOCA), y el Informe N° 063-2020-PRODUCE-PNIPA/UAL, de la Unidad de Asesoría Legal; CONSIDERANDO; Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento (BIRF/Banco Mundial), por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA); Que, la República del Perú y el BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, fi rmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el PNIPA;