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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (24/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 24 de octubre de 2020 / El Peruano pendiente la transferencia para la auditoría fi nanciera del año 2020; Que, a través del Memorando N° 282-2020-CONCYTEC- OGA, la O fi cina General de Administración remite el Informe N° 109-2020-CONCYTEC-OGA-OF, de la O fi cina de Finanzas donde se señala que a través del O fi cio N° 000318-2020-CG/GAD, la Contraloría General de la República, ha solicitado la transferencia fi nanciera por la suma de S/ 107,175.00(Ciento Siete Mil Ciento Setenta y Cinco y 00/100 soles), para la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que designaron a fi n que realice la auditoría fi nanciera al ejercicio 2020, por lo que solicita se tramite la autorización de la transferencia del 100% del monto solicitado la Contraloría General de la República; Que, mediante Informe N° 107-2020-CONCYTEC- OGPP-OPP y Proveído N° 245-2020-CONCYTEC-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mani fi esta que de acuerdo a la normatividad vigente, y dado que a través de la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 540 (CONCYTEC) y Nº 1150 (FONDECYT) se aseguran los recursos presupuestarios para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, emite opinión favorable para realizar la transferencia fi nanciera solicitada por la O fi cina General de Administración a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 107,175.00 (Ciento Siete Mil Ciento Setenta y Cinco y 00/100 soles); Que, en ese sentido, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 124-2020-CONCYTEC-OGAJ-EMAF y Proveído N° 527-2020-CONCYTEC-OGAJ, considerando los Informes de Vistos, emite opinión legal favorable para la expedición de la Resolución de Presidencia que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias; Con el visado de la Secretaria General (e); de la Jefa de la O fi cina General de Administración, de la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Encargada de la O fi cina de Finanzas, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias, en el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, y en la Directiva N° 011-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 036-2019-EF/50.01, y; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego N° 114 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica por la suma de S/ 107,175 (Ciento Siete Mil Ciento Setenta y Cinco y 00/100), por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinados a fi nanciar la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2020, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, la cual se realiza de acuerdo al siguiente detalle: Unidad Ejecutora (UE) Importe a transferir Año 2020 Unidad Ejecutora 001 CONCYTEC S/ 37,511.40 Unidad Ejecutora 002- FONDECYT S/ 69,663.60 TOTAL S/ 107,175.00 Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, de acuerdo al siguiente detalle: Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursosLos recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Presentación de Resolución Remitir copia de la presente Resolución a la O fi cina General de Administración del Consejo Nacional de Ciencia, tecnología e Innovación Tecnológica, para que efectúe las acciones que correspondan.Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la misma fecha en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (www.gob.pe/concytec). Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO Presidenta 1896785-1