Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (06/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Domingo 6 de setiembre de 2020 / El Peruano bioestratigrá fi co. Bienes de estos taxones, poseen una abundancia relativa poco común, fi gurando en estudios de carácter morfológico, taxonómico, de biodiversidad, bioestratigrá fi co y biogeográ fi co, tanto a nivel nacional como internacional; Que, además, los bienes referidos tienen signi fi cado social al tratarse de bienes recuperados, siendo elementos con potencial para su puesta en valor en museos de historia natural o salas de exposiciones, enriqueciendo y reforzando la identidad de la población local con la historia natural de su región, al ser los fósiles la única evidencia actual de organismos marinos que habitaron departamentos de la sierra central y norte del territorio nacional; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de trece (13) bienes muebles paleontológicos como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección General de Museos; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Reglamento de la Ley Nº 28296, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED y modi fi catorias y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a trece (13) bienes muebles prehispánicos, paleontológicos, que se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales Anexo NºNº InscripciónDenomi- naciónReino Propietario Imagen 1 0000368924 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 2 0000368923 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 3 0000368922 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 4 0000368921 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 5 0000368920 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 6 0000368919 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 7 0000368918 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 8 0000368917 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 9 0000368916 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 10 0000368915 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 11 0000368914 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 12 0000368913 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 13 0000368912 Ammonite AnimaliaMinisterio de Cultura 1882420-1 Determinan la Protección Provisional del Monumento Arqueológico Prehispánico “Camino Red Vial Secundario Tramo Pachatacsana - Fundo Chillioroya”, ubicado en el distrito de Velille, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000246-2020-DGPA-MC San Borja, 2 de septiembre del 2020 Vistos, el Informe de Inspección Nº 000097-2020-CZSPCH-DDC CUS/MC, en razón del cual la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco sustenta la propuesta para la determinación de la protección provisional del Monumento Arqueológico Prehispánico