Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2020 (08/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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N° 4 5 6 7 8 9 10 11 ENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES

NORMAS LEGALES
DNI 41580909 21529082 42015285 42004312 40382104 42963458 41155769 40556268

Martes 8 de setiembre de 2020 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD QUECHO MORALES PROVINCIAL DE CANCHIS JIMMY ROBERTO ALMORA MUNICIPALIDAD HERNÁNDEZ RAÚL PROVINCIAL DE CHINCHA EDUARDO MUNICIPALIDAD QUISPE LOZANO PROVINCIAL DE CUSCO LUZ JENNYFER BUSTOS MUNICIPALIDAD SEQUEIROS PAOLA PROVINCIAL DE ESPINAR KATUSCA MUNICIPALIDAD PUMA PAUCAR PROVINCIAL DE LA FILOMENO CONVENCIÓN MUNICIPALIDAD VICUÑA VILCA LUIS PROVINCIAL DE PALPA MIGUEL MUNICIPALIDAD CAYO DEL CASTILLO PROVINCIAL DE IRENE QUISPICANCHI PROYECTO ESPECIAL CRUZ TORRES REGIONAL PLAN ANDER COPESCO

a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, de corresponder, deberá ser asignado a la unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado. Artículo 6.- Disponer el encargo de puesto de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Canas, conforme a las disposiciones contenidas en el literal i) del apartado A del numeral 7.2.6 de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", cuya versión actualizada fue aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 3532015-CG y modificada por Resoluciones de Contraloría N° 458-2016-CG y N° 209-2017-CG. Artículo 7.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano y la Subgerencia de Personal y Compensaciones de la Contraloría General de la República, adopten las demás acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 8.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1882999-1

Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe de Órgano de Control Institucional, a los profesionales que se detallan a continuación: N° 1 2 3 4 5 ENTIDAD MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA APELLIDOS Y NOMBRES PILCO LAZARTE ROSAMARINA VALENTINA SANTANDER COLQUEHUANCA STEFANNY CENTENO CHOCANO RAÚL DNI 70012800 44468466 47401507

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran fundado el recurso de apelación interpuesto y nulas las Resoluciones N° 00012-2020-JEE-LIN3/JNE y N° 00049-2020-JEE-LIN3/JNE, emitidas por el Jurado Electoral Especial de Lima Norte 3
RESOLUCIÓN Nº 0232-2020-JNE Expediente Nº ECE.2020007403 CARABAYLLO - LIMA - LIMA JEE LIMA NORTE 3 (ECE.2020004826) ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS 2020 RECURSO DE APELACIÓN Lima, trece de agosto de dos mil veinte. VISTO, en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Fernando Luis Arias Stella Castillo, personero legal de la organización política Acción Popular, en contra de la Resolución Nº 00049-2020-JEE-LIN3/JNE, del 20 de enero de 2020, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Norte 3, que le impuso sanción de amonestación pública y multa por treinta (30) unidades impositivas tributarias, por incumplimiento de retiro de la propaganda electoral prohibida en forma de pintas en predio público, y dispuso remitir copias certificadas de los actuados al Ministerio Público, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. ANTECEDENTES A través del Informe Nº 040-2019-ENR, del 23 de diciembre de 2019, el coordinador de Fiscalización del Jurado Electoral Especial de Lima Norte 3 (en adelante, JEE) concluyó que la organización política Acción Popular ha difundido propaganda electoral a través de cinco (5) pintas realizadas en predio público, sin contar con autorización, conforme se aprecia en la siguiente imagen:

MUNICIPALIDAD CALLAPIÑA QUISPE 43244319 PROVINCIAL DE CANCHIS LIZ PILAR

MUNICIPALIDAD RAMOS HUAURA 21505230 PROVINCIAL DE CHINCHA WILFREDO JORGE MUNICIPALIDAD HERRERA VELA 41779816 6 PROVINCIAL DE CUSCO JORGE LUIS 7 42532047 40694403 41509672 45907324 41929017

MUNICIPALIDAD QUISPE BENIQUE PROVINCIAL DE ESPINAR VERDY MUNICIPALIDAD OCHOA LUNA LUIS 8 PROVINCIAL DE LA GUILLERMO CONVENCIÓN GUERRERO MUNICIPALIDAD HEREDIA FLORINDA 9 PROVINCIAL DE PALPA IMASUMAC MUNICIPALIDAD NINA FUENTES 10 PROVINCIAL DE GABRIELA QUISPICANCHI PROYECTO ESPECIAL VALDEIGLESIAS 11 REGIONAL PLAN DUEÑAS COPESCO ROXALBERT

Artículo 3.- La acción de personal dispuesta en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrá efectividad en la fecha de la publicación de la respectiva Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que el personal que se reincorpora a la Contraloría General de la República,

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