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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (14/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 14 de agosto de 2021 El Peruano / Sesión Ordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero: DECLARAR de interés regional la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, en el ámbito del departamento de Tacna. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Tacna, impulsar las coordinaciones interinstitucionales, en coordinación con el Grupo Técnico Regional de Cambio Climático. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la reactivación del Grupo Técnico Regional de Cambio Climático en la Región Tacna, la cual es una instancia que brindará asesoría, información y asistencia técnica para la actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático del departamento de Tacna. Artículo Cuarto: NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional a las gerencias y a las direcciones regionales del Gobierno Regional de Tacna, inmersas e interesadas en la Actualización de la Estrategia Regional de Cambio Climático, para su conocimiento y estricto cumplimiento. Artículo Quinto: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Sexto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Séptimo: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinticinco de mayo del año dos mil veintiuno. DANY LUZ SALAS RÍOS PresidentaConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 18 de junio de 2021. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 1981545-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza que aprueba la actualización del Planeamiento Integral - Secciones Viales de la Zona X del P. J. Proyecto Especial Huaycán ORDENANZA Nº 557-MDA Ate, 19 de julio del 2021POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Julio del 2021; visto, el Dictamen Nº 006-2021-MDA/CIU de la Comisión de Infraestructura y Urbanismo, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º (modi fi cado por Ley Nº 28607), establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que es función especí fi ca exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos licencias y realizar fi scalizaciones de Habilitaciones Urbanas, construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acápite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del artículo 79º de la Ley Nº 27972); Que, corresponde a la Municipalidad Distrital promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesos de Habilitación Urbana que se llevan a cabo sobre dicho sector, a fi n de garantizar el desarrollo económico de la ciudad y su correspondiente inserción en el continuo urbano de la ciudad; Que, el Reglamento Nacional de Edi fi caciones Titulo II, Capitulo IV, Artículo 7.4, establece que el Planeamiento Integral comprende la de fi nición de vías primarias y la zoni fi cación de la totalidad de los predios, cualesquiera que fuera su área; siempre que éste se encuentre comprendido en su totalidad dentro del Plan Regulador de Expansión correspondiente, siendo de carácter obligatorio que las habilitaciones futuras, cualesquiera que fuera el propietario y una vez aprobado sea inscrito obligatoriamente como carga en los Registros Públicos teniendo una vigencia mínima de 5 años, salvo que dentro del término se apruebe o fi cialmente, un Plan Regulador que obligue al cambio de dicho Planeamiento Integral. Asimismo, el Art. II-XV-2.5, establece que cuando una isla rustica inter fi era con el desarrollo urbano de una zona, a juicio del Concejo Municipal correspondiente, éste efectuará el Planeamiento Integral de la o las propiedades que conforman dicha isla y con ese Planeamiento, el Concejo noti fi cara a los propietarios para que en un plazo de 2 años dejen habilitados sus terrenos, con sujeción al Planeamiento O fi cial; Que, la fi nalidad del Planeamiento es el acondicionamiento progresivo de las zonas donde se ha detectado ocupaciones y construcciones no regularizadas, derivadas del crecimiento de la población que viene provocando una dinámica urbana desordenada e inadecuada, siendo necesario dictar normas que permitan adoptar estrategias normativas dentro del marco territorial existente, promoviendo las gestiones de desarrollo y promoción de la inversión; Que, el área de estudio comprende toda lo Zona X de Huaycán con un área total de 36.59 Has., distribuido en 03 organizaciones saneadas por COFOPRI, el cual cuenta solo con anchos de vía, mas no cuenta con los módulos defi nidos, 10 organizaciones que informales cuentan con plano visado para servicios básicos y 4 organizaciones que informales cuentan con plano visado para servicios básicos; Que, de acuerdo al Planeamiento Integral de la Zona X de Huaycán, aprobada mediante la Ordenanza Nº 203-MDA, de fecha 13 de Noviembre de 2008, signado mediante el Plano Nº 017-2008-PI-SGPUC-GDU/MDA, el área de estudio de la Zona X, no cuenta con vías metropolitanas, ya que todas son vías locales que comprende las diferentes organizaciones sociales de la Zona X, algunas organizaciones a la actualidad presentan pavimentación de la pista, más no se encuentran