TEXTO PAGINA: 41
41 NORMAS LEGALES Sábado 14 de agosto de 2021 El Peruano / defi nidas los módulos de la vereda y/o berma/Jardín, por lo que se ha visto conveniente la integración de todas las vías locales a la trama urbana más cercana con módulos viales, establecido conforme al Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNE y acorde a lo existente; ya que el siguiente planeamiento sería de interés vecinal y social, manteniendo el alineamiento longitudinal de la sección vial acorde a la Ordenanza Nº 341-MML (Sistema Vial Metropolitano); Que, los módulos viales asignados a las diferentes vías locales que comprenden la Zona X, aprobadas mediante Ordenanza Nº 203-MDA que hayan sido modi fi cadas por los proyectos de ejecución de obra de acuerdo al estado físico; asimismo, se incluirán las secciones viales propuestas del proyecto de “CREACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS EN LAS CALLES Nº 02, 03, 04, 17, S/N Y UNIÓN Y EN LOS PASAJES 01, 02, 03, 04, 05, LA PAZ Y LAS VEGAS DE LA ZONA X DE HUAYCÁN, ZONA 07 DEL DISTRITO DE ATE – LIMA – LIMA”, para determinar un alineamiento vial acorde al área de estudio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8 - Diseño de Vías del Reglamento Nacional de Edi fi caciones (RNE). Que para los accesos situadas en las laderas de la zona, estarán determinadas por las secciones viales siguientes: A-A con un ancho variable de ≥7.00ml., B-B con un ancho variable de 6.90 ml – 15.00 ml, C-C con ancho variable de 8.40 ml - 14.00 ml., D-D con ancho variable de ≥ 8.00 ml., E-E con ancho de 9.00 ml – 12.50 ml, F-F con ancho variable de ≥ 7.00 ml., G-G con ancho variable de ≥ 8.50 ml., H-H con ancho variable de ≥ 5.80 ml., I-I con ancho variable de 7.40 ml -15.00 ml., J-J con ancho de 6.40 ml, K-K con ancho de 6.90 ml., L-L con ancho de 6.00 ml., M-M con ancho variable de 6.00 ml -11.00 ml, N-N con ancho de 6.50 ml., Ñ-Ñ con ancho de 6.00 ml, O-O con un ancho de 8.00 ml., P-P con ancho de 2.00 ml., Q-Q con ancho de 4.50 ml., R-R con un ancho variable de 4.80 ml - 8.50 ml, S-S con ancho de 5.70 ml, T-T con un ancho de 4.00 ml, U-U con un ancho de ≥4.40 ml, V-V con un ancho de ≥ 6.00 ml, W-W con un ancho variable de 4.90 ml – 12.00 ml, X-X con un ancho de 8.00 ml, Y-Y con ancho 4.00 ml, Z-Z con un ancho de 5.00 ml., A´-A´ con un ancho de 2.00 ml., B´-B´ con un ancho de 1.20 ml., C´-C´ con un ancho de 1.20 ml., D´-D´ con un ancho de 4.00 ml.; Que, la Municipalidad Distrital de Ate, es la autoridad municipal que tiene potestad para promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesos de independización y habilitación urbana que se lleven a cabo sobre dicho sector, a fi n de garantizar el desarrollo armónico de la ciudad y la correspondiente inserción en el continuo urbano, debiendo respetarse el trazo urbanístico de las manzanas y la de fi nición de las vías primarias y secundarias, la sección y los derechos de vías, así como los aportes reglamentarios para recreación pública y servicios públicos complementarios a fi n de regularizar las habilitaciones urbanas del sector del Planeamiento Integral, estableciéndose la afectación predial correspondiente; Que, mediante Informe Nº 670-2021-MDA/GIU- SGPUC, la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro remite el Informe Técnico Nº 215-2021/MDA-GIU-SGPUC-AIAR, respecto a la actualización del Planeamiento Integral de la Zona X de Huaycán del Distrito de Ate, el cual es de necesidad a fin de que los administrados puedan realizar sus trámites para mejoramiento de vías, veredas y pistas y/o muros de contención; asimismo, remite el proyecto de Plano Nº 002-2021-PI-SGPUC-GIU/MDA, Memoria Descriptiva y proyecto de Ordenanza para su respectiva aprobación; lo cual encuentra conforme la Gerencia de Infraestructura mediante Memorándum Nº 641-2021-MDA/GIU, solicitando elevar los actuados al Concejo Municipal para su pronunciamiento correspondiente; Que, mediante Informe Nº 358-2021-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que teniendo en consideración la evaluación técnica realizada por la Sub Gerencia de Plani fi cación Urbana y Catastro y la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo; y, teniendo en cuenta que la Ordenanza Nº 203-MDA, de fecha 13.11.2008, que aprobó la modi fi cación del Planeamiento Integral de la Zona X de Huaycán que comprende el diseño de la vía y sus componentes viales en base a las actividades que se desarrollan en la zona fue emitida hace más de 10 años, resulta factible la actualización del Planeamiento Integral antes mencionado, conforme a las consideraciones expuestas, por consiguiente dicha actualización deberá ser aprobada por el Concejo Municipal a través de Ordenanza, conforme a la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Dictamen Nº 006-2021-MDA/CIU, la Comisión de Infraestructura y Urbanismo recomienda al Concejo Municipal aprobar el proyecto de Ordenanza que Aprueba la Actualización del Planeamiento Integral de la Zona X del P.J. Proyecto Especial Huaycán del Distrito de Ate, solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES Y CON LA DISPENSA DE LA LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL – SECCIONES VIALES DE LA ZONA X DEL P.J. PROYECTO ESPECIAL HUAYCÁN Artículo 1º.- APROBAR; el Planeamiento Integral de la Zona X de Huaycán del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, con el Plano signado con el Nº 002-2021-PI-GIU-SGPUC/MDA, el cual tendrá una vigencia de 10 años; en merito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- ESTABLECER; que los módulos viales del Planeamiento Integral deberán de estar sujetos al Reglamento Nacional de Edi fi caciones (RNE), determinando así la continuidad vial y alineamiento físico de las parcelaciones que lo conforman, correspondiendo respetar los Aportes Reglamentarios y el Sistema Vial de los Procesos de Habilitación Urbana que se llevan a cabo en el sector. Artículo 3º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, para que a través de la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo se cumpla con la inscripción del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, y en coordinación con la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, se difunda la presente Ordenanza y el plano que forma parte de ella. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR; la presente Ordenanza a los interesados, a la Subgerencia de Plani fi cación Urbana y Catastro y la Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones para su conocimiento y fi nes de acuerdo a su competencia. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. DISPOSICIÓN FINAL Primera.- DETERMINAR; que los expedientes en trámite, se adecuarán a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1981425-1