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4 NORMAS LEGALES Lunes 23 de agosto de 2021 El Peruano / se sustenta la necesidad de modi fi car el sub numeral 8.2.5 “Admisión de las II.EE. del MSE Sobresaliente” del Modelo de Servicio Educativo para la atención de estudiantes con habilidades sobresalientes, con la fi nalidad que la admisión a los Colegios de Alto Rendimiento (COAR) se realice a través de un Proceso Único de Admisión (PUA), cuyos requisitos y otras disposiciones que lo regulen, se detallen en un documento normativo; Que, de la revisión realizada a los documentos contenidos en el expediente, se advierte que la propuesta de modi fi cación cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Infraestructura Educativa (DIGEIE), de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos, (DIGERE), de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación (DITE) y de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación (OTIC); Que, mediante el Informe Nº 00943-2021-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de modi fi cación; por cuanto se encuentra alineada con los objetivos y acciones estratégicas e institucionales del Sector Educación y no irrogará gastos al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación”; Que, asimismo, con Informe Nº 00960-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, considera que la aprobación del proyecto de resolución resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el sub numeral 8.2.5 “Admisión de las II.EE. del MSE Sobresaliente”, del Modelo de Servicio Educativo para la atención de estudiantes con habilidades sobresalientes, creado por Resolución Ministerial Nº 274-2014-MINEDU y actualizado por Resolución Ministerial Nº 537-2019-MINEDU, conforme al siguiente tenor: “8.2.5. Admisión a las II.EE. del MSE Sobresaliente:El Ministerio de Educación realiza un Proceso Único de Admisión (PUA), a fi n de garantizar la selección de estudiantes con habilidades sobresalientes, valorando la diversidad y el contexto sociocultural como oportunidad para el aprendizaje. El ingreso de los estudiantes a los COAR es únicamente a través del PUA. Los requisitos y lineamientos para su desarrollo se detallan en las “Bases para el Proceso Único de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento”, aprobado mediante documento normativo”. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAÚL CADILLO LEÓN Ministro de Educación 1984392-1MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 217-2021-MIMP Lima, 19 de agosto de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor/a II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en consecuencia es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, la O fi cina General de Recursos Humanos y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor OMAR BENJAMIN LIVIA QUIÑONEZ en el cargo de con fi anza de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANAHÍ DURAND GUEVARA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1983851-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Aprueban la Directiva D-002-2021-SUTRAN- SP v01 “Directiva que regula las disposiciones para el fraccionamiento o aplazamiento del pago de multas administrativas impuestas por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº D000065-2021-SUTRAN-SP Lima, 19 de agosto del 2021VISTOS: Los Informes Nº D000082-2021-SUTRAN- GEN y Nº D000087-2021-SUTRAN-GEN de la Gerencia de Estudios y Normas, el Memorando Nº D000253-