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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2021 (11/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 11 de enero de 2021 / El Peruano TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Director General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo RESOLUCION MINISTERIAL N° 010-2021-TR Lima, 8 de enero del 2021VISTOS: El Informe N° 0004-2021-MTPE/4/12.01, de la Unidad de Administración de los Recursos Humanos de la Ofi cina General de Recursos Humanos; y el Informe N° 0033-2021-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, (CAP-P Nº 241), Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe al profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General y de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Único .- Designar al señor EFRAIN ARTURO RODRIGUEZ LOZANO, en el cargo de Director General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, (CAP-P Nº 241), Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1918437-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Modifican el Anexo N° 5 de la Directiva “Disposiciones para el cumplimiento del Depósito Legal y la Expedición del Certificado en la Biblioteca Nacional del Perú”, aprobada por R.J. N° 000086-2020-BNP RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000002-2021-BNP Lima, 7 de enero de 2021VISTOS: El Informe Técnico N° 000013-2020-BNP-J-DGC- EGAD de fecha 09 de diciembre de 2020, del Equipo de Trabajo de Gestión de Adquisiciones y Descarte de la Dirección de Gestión de las Colecciones; el Memorando N° 000602-2020-BNP-J-DGC de fecha 09 de diciembre de 2020, de la Dirección de Gestión de las Colecciones; el Informe N° 000134-2020-BNP-GG-OTIE-EDSI de fecha 16 de diciembre de 2020, del Equipo de Trabajo de Desarrollo de Sistemas de Información de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística; el Memorando N° 000528-2020-BNP-GG-OTIE de fecha 17 de diciembre de 2020, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística; el Informe Técnico N° 000016-2020-BNP-GG-OPP de fecha 22 de diciembre de 2020, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000379-2020-BNP-GG-OAJ de fecha 30 de diciembre de 2020, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú establece que la entidad “(...) es el centro depositario del patrimonio cultural bibliográ fi co, digital, documental, fílmico, fotográ fi co y musical peruano, así como del capital universal que posee con la fi nalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, cientí fi co y tecnológico, contribuyendo al desarrollo económico y social, y apoyando la formación de ciudadanos y asociaciones. Representa una fuente de conocimiento para toda la sociedad peruana e internacional, garantizando su integridad y facilitando su acceso a toda la ciudadanía y a las generaciones futuras”; Que, el artículo 6 de la Ley N° 30570 señala que, para el cumplimiento de sus fi nes, la Biblioteca Nacional del Perú tiene un patrimonio propio, integrado por el conjunto de bienes y derechos de los que es titular, entre ellos, aquellos que se integran por la Ley N° 26905, Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú; Que, el artículo 1 de la Ley N° 26905 establece que la fi nalidad de la Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú consiste en “(...) incrementar el patrimonio nacional bibliográ fi co, informático e informativo en general, que incluye toda obra impresa, grabación fónica y videocinta, así como todo programa de computadora y cualquier otro soporte que registre información”; Que, el artículo 1 del Reglamento de la Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-98-ED indica que la “(...) fi nalidad principal de la Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú es enriquecer el Patrimonio Cultural Bibliográ fi co, Informático e Informativo de la Nación, a cargo de la Biblioteca Nacional del Perú, incrementarlo y conservarlo, así como promover su difusión (...)”; Que, asimismo; y, en concordancia con lo señalado en el considerando precedente, el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú indica que el depósito legal es la obligación solidaria de los responsables, de entregar a la Biblioteca Nacional del Perú el número de ejemplares que señala la Ley N° 26905, de material bibliográ fi co y especial; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000086-2020- BNP publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 15 de agosto de 2020, se aprobó la Directiva N° 008-2020-BNP “Disposiciones para el cumplimiento del Depósito Legal y la Expedición del Certi fi cado en la Biblioteca Nacional del Perú”, la cual tiene por objetivo “Establecer las disposiciones para que los órganos y equipos de trabajo atiendan de manera e fi caz y e fi ciente las solicitudes para la expedición del certi fi cado de depósito legal en cumplimiento de la Ley N° 26905, Ley de Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú (...)”; Que, por medio de los documentos de los vistos, la Dirección de Gestión de las Colecciones, como órgano encargado de gestionar el cumplimiento de la normativa vigente, vinculada al depósito legal, y su Equipo de Trabajo de Gestión de Adquisiciones y Descarte, solicitaron la modi fi cación del Anexo N° 5 de la Directiva N° 008-2020- BNP, con la fi nalidad de contar con documento de gestión “(...) que re fl eje los procesos actuales que se realizan en la elaboración del Certi fi cado Digital”; Que, a través de los documentos de los vistos, la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística y su Equipo