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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2021 (12/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 26

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Lunes 12 de julio de 2021 El Peruano / • Es impedimento causal de inhabilitación para postular al CDJ el no cumplir los requisitos descritos en el presente artículo. • En caso de ser menor de edad presentar una declaración jurada de los padres y/o tutor indicando que el adolescente no ha incurrido en faltas. • En caso de ser mayor de edad no contar con antecedentes penales y policiales. Artículo Décimo Quinto.- INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS A CONSEJEROS POR IE • Tener entre 15 a 18 años de edad. • Pertenecer del 1° al 5° grado de secundaria de la IE perteneciente a Bellavista. • Presentar Carta de recomendación del Director de la IE del distrito de Bellavista. • Es impedimento, causal de inhabilitación para postular al CDJ, el no cumplir los requisitos descritos en el presente artículo. • En caso de ser menor de edad presentar una declaración jurada de los padres y/o tutor indicando que el adolescente no ha incurrido en faltas. • En caso de ser mayor de edad no contar con antecedentes penales y policiales. Artículo Décimo Sexto.- DE LOS CANDIDATOS A CONSEJEROS POR LAS ORGANIZACIONES JUVENILES Los miembros de las organizaciones juveniles que deseen participar como candidatos en el proceso electoral de los miembros del Pleno del CDJ, deberán reunir los siguientes requisitos: • Tener entre 15 a 29 años. • Residir en el distrito de Bellavista.• Ser representante de una organización juvenil inscrita en el RUOS; de no cumplir con este requisito, en caso de ser elegido como consejero, se debe comprometer a registrarse en el RUOS en un plazo no mayor a 15 días, si no cumple pierde su vacante como consejero.• Su organización juvenil tiene que tener un periodo de actividad de por lo menos medio año (6 meses de actividad). Sustentándolo con un informe de actividades o con una institución que avale el tiempo de actividades de la organización. • Solo puede haber un candidato por organización.• En caso de ser menor de edad presentar una declaración jurada de los padres y/o tutor indicando que el adolescente no ha incurrido en faltas. • En caso de ser mayor de edad no contar con antecedentes penales ni judiciales. Artículo Décimo Sétimo.- ETAPAS DEL PROCESO ELECTORAL El proceso electoral para la conformación del CDJ es diferenciado, por representación de estamentos (Instituciones Educativas, Asentamientos Humanos y Organizaciones juveniles). 1) El proceso electoral para consejeros por Institución Educativa • Los representantes de Colegios serán informados sobre la importancia y funciones del CDJ. • Los presentantes expondrán sus propuestas que buscarán llevar a cabo una vez sean elegidos consejeros. • Los representantes proponen y eligen a los cuatro (4) consejeros mediante consenso. 2) El proceso para consejeros por Asentamientos Humanos • Los representantes de AAHH serán informados sobre la importancia y funciones del CDJ. • Los presentantes expondrán sus propuestas que buscarán llevar a cabo una vez sean elegidos consejeros. • Los representantes proponen y eligen a los tres (3) consejeros mediante consenso. 3) El proceso electoral para consejeros por Organización Juvenil