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9 NORMAS LEGALES Lunes 12 de julio de 2021 El Peruano / Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resultados, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0030-2020-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar la “Agenda Anual para la adecuación de los Programas Presupuestales vigentes que deberán migrar, de manera prioritaria, a las especi fi caciones metodológicas de la Directiva N° 0005-2020-EF/50.01, Directiva para el Diseño de los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resultados, y los plazos establecidos para tal fi n” que, como Anexo, forma parte de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Directoral y su Anexo se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (https://www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARMANDO CALDERÓN VALENZUELA Director GeneralDirección General de Presupuesto Público 1971580-1 EDUCACION Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, y designan Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 219-2021-MINEDU Lima, 11 de julio de 2021 VISTOS, el Expediente Nº MPD2021-INT-0092450, el Informe Nº 00148-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el Informe Nº 00845-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial; está integrada por docentes, estudiantes y graduados, y precisa que las universidades son públicas o privadas, siendo las primeras, personas jurídicas de derecho público y las segundas, personas jurídicas de derecho privado; Que, el artículo 8 de la Ley Nº 30220, dispone que el Estado reconoce la autonomía universitaria, siendo inherente a las universidades ejerciéndose de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220 establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establecen, como funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, entre otras, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del mencionado Reglamento, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora; Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica antes citada, establece que la DICOPRO, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación; Que, mediante la Ley Nº 29649, modi fi cada por el Decreto de Urgencia Nº 036-2019, se crea la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto y constituye pliego presupuestal; Que, con Resolución Viceministerial Nº 034-2020-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, quedando integrada de la siguiente manera: MILAGRO ROSARIO HENRIQUEZ SUAREZ como Presidenta, FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN como Vicepresidente Académico y GLADYS BERNARDITA LEON MONTOYA como Vicepresidenta de Investigación; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 054-2020-MINEDU, se da por concluida la designación de la señora GLADYS BERNARDITA LEON MONTOYA, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, y se designa en el citado cargo al señor CARLOS ALBERTO GRANDA WONG; Que, con Resolución Viceministerial Nº 214-2020-MINEDU, se acepta la renuncia del señor CARLOS ALBERTO GRANDA WONG al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, designándose en su reemplazo al señor HUGO ALFREDO HUAMANI YUPANQUI; Que, con Resolución Viceministerial Nº 128-2021-MINEDU, se acepta la renuncia del señor FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora