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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (03/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 3 de junio de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad; Que, conforme al numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido, exceptuándose las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información establecido en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, en el marco de las competencias y funciones establecidas en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, en el Informe N° D000049-2021-MIDIS-OAC sustenta la necesidad de aprobar la “Directiva que regula la Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; Que, la O fi cina General de Tecnologías de la Información, con Memorando N° D000417-2021-MIDIS-OGTI, emite opinión favorable sobre la propuesta de “Directiva que regula la Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la O fi cina de Modernización, con Memorando N° D000419-2021-MIDIS–OGPPM e Informe N° D000033-2021-MIDIS-OM, emiten opinión favorable sobre la propuesta de “Directiva que regula la Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; Que, por lo expuesto y en el marco de la normativa aplicable, resulta necesario aprobar la “Directiva que regula la Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”; Con los visados de la Secretaría General, la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la O fi cina General de Tecnologías de la Información, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Directiva Aprobar la Directiva N° 007 -2021-MIDIS denominada “Directiva que regula la Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” según el texto que, en Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogación Derogar la Directiva N° 005-2014-MIDIS “Normas para la atención de solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 276-2014-MIDIS.Artículo 3.- PublicaciónDisponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1959132-1 Designan Coordinadora de la Unidad de Operaciones - Coordinadora de Liquidación, Transferencia y Entrega del Incentivo Monetario del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 000086-2021-MIDIS/PNADP-DE Mira fl ores, 2 de junio del 2021 VISTOS:El Memorando N° 41-2021-MIDIS/PNADP-DE del 01 de junio de 2021, de la Dirección Ejecutiva; el Memorando N° 532-2021-MIDIS/PNADP-URH del 01 de junio de 2021, de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe N° 61-2021-MIDIS/PNADP-URH-CGP del 01 de junio de 2021, de la Coordinadora de Gestión de Personas; y, el Informe N° 140-2021-MIDIS/PNADP-UAJ del 02 de junio de 2021 de la Unidad de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM, el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS y el Decreto Supremo Nº 002-2021-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, el cual tiene por fi nalidad ejecutar transferencias directas en bene fi cio de los hogares en condición de pobreza o pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), priorizando progresivamente su intervención a nivel nacional. El Programa promueve en los hogares, con su participación y compromiso voluntario, el acceso a los servicios de salud y educación, orientados a mejorar la salud y nutrición preventiva materno-infantil y la escolaridad sin deserción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 278-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional, que determina la estructura orgánica, describe sus funciones generales, las funciones especí fi cas de las unidades que lo integran, así como la descripción de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo del Programa; Que, en virtud de las normas antes señaladas, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, teniendo entre sus funciones la emisión de Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 079-2018-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, reordenado con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 079-2021-MIDIS/PNADP-DE de fecha 26 de mayo de 2021, el cual contempla el cargo estructural de Coordinador/a de la Unidad de Operaciones, considerado como cargo de con fi anza; Que, la Ley N° 29849 - Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, señala