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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2021 (22/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 22 de marzo de 2021 El Peruano / Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luis Felipe Guevara Elías y del Subo fi cial de Primera de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, del 22 al 26 de marzo de 2021, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Comandante PNP Luis Felipe Guevara Elías y del Subo fi cial de Primera PNP Gustavo Chuqui Mas Moneda Importe Días Personas Total Viáticos efectivospoliciales US$ 370,00 5 2 3 700,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior 1936874-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Director de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 225-2021-MTC/01 Lima, 15 de marzo de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0785-2020-MTC/01;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Frank Máximo Taipe Aguilar en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 1935147-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican la vigencia de la Resolución de Superintendencia N° 000193-2020/SUNAT y el anexo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 286-2009/SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000042-2021/SUNAT MODIFICAN LA VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.º 000193-2020/ SUNAT Y EL ANEXO 2 DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.º 286-2009/SUNAT Lima, 19 de marzo de 2021CONSIDERANDO:Que la Resolución de Superintendencia N.º 000193- 2020/SUNAT modi fi ca la normativa sobre emisión electrónica, entre otros, para exigir información adicional en la factura electrónica y el recibo por honorarios electrónico, variar los supuestos de emisión de la nota de crédito electrónica y reducir el plazo de envío de la factura electrónica a la SUNAT y al Operador de Servicios Electrónicos, cuando corresponda; por lo que, habiéndose relevado que la mayoría de los emisores electrónicos no ha culminado sus procesos de adecuación para cumplir con estas modi fi caciones y algunos han manifestado que su operatividad les difi culta realizar el envío de la factura electrónica en el nuevo plazo que se otorga, resulta necesario suspender la vigencia de las disposiciones de la Resolución de Superintendencia N.º 000193-2020/SUNAT referidas al plazo de envío y postergar la vigencia de sus demás disposiciones; Que los servicios que las administradoras privadas de fondos de pensiones - AFP brindan a sus a fi liados y bene fi ciarios de estos en el marco de la Ley de Creación del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones no están gravados con el Impuesto General a las Ventas - IGV y representan casi la totalidad de sus operaciones; por lo que es conveniente modi fi car el anexo 2: “Estructuras e información de los libros y/o registros electrónicos” de la Resolución de Superintendencia N.º 286-2009/SUNAT para que puedan anotar esas operaciones de manera consolidada en su Registro de Ventas e Ingresos electrónico; Que, al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el