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45 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de noviembre de 2021 El Peruano / y productivo en materia de trabajo, promoción del empleo, la micro y pequeña empresa en el ámbito de su competencia; asimismo, el numeral 14 del Artículo 157 del ROF, establece como una de sus funciones, la de formular, proponer e implementar ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, contratos, convenios y otras normas de aplicación institucional metropolitana, de acuerdo a sus competencias; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico, a través de la Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo, resulta funcionalmente competente para presentar la propuesta de aprobación de la “Guía General para la Realización de Ferias Comerciales”, a través de un Decreto de Alcaldía, que tiene por fi nalidad promover la competitividad de las Micro y Pequeñas Empresas en Lima Metropolitana, a través de la realización de ferias comerciales con el fi n de coadyuvar a la búsqueda de nuevos nichos de mercado, desarrollándose una estrategia de diversi fi cación geográ fi ca para impulsar el aceleramiento de la reactivación económica y el crecimiento de ventas por medio de la búsqueda de nuevos clientes; Que, mediante Informe N° D000444-2021-MML- GP-SPC de 11 de octubre de 2021, la Subgerencia de Planeamiento Corporativo, sobre la propuesta de Guía General para Ferias Comerciales, concluye que: i) Las actividades operativas comprendidas en el Plan Operativo Institucional que comprendan iniciativas planteadas en la Guía General para Ferias Comerciales propuesta por la Subgerencia de Trabajo y Promoción del Empleo de la Gerencia de Desarrollo Económico son formuladas y programadas según las prioridades de los centros de costo y de conformidad con sus funciones y competencias establecidas en el ROF. Asimismo, para su incorporación en el Plan Operativo Institucional de la MML, éstas deberán de contar con el debido fi nanciamiento para su implementación; ii) De conformidad con lo señalado por el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), los “indicadores” a nivel institucional son establecidos según las Acciones Estratégicas Institucionales y Objetivos Estratégicos Institucionales del Plan Estratégico Institucional, y; iii) Sin perjuicio de lo anterior, para fi nes del seguimiento y evaluación de estas iniciativas se recomienda contar con elementos medibles que permitan evaluar el impacto y resultados obtenidos con la fi nalidad de continuar promoviendo nuevas oportunidades comerciales; Que, a través del Informe N° D000307-2021-MML- GP-SOM de 14 de octubre de 2021, la Subgerencia de Organización y Modernización, concluye que: i) Mediante Memorando N° D000744-2021-MML-GDE, la Gerencia de Desarrollo Económico remite la propuesta denominada “Guía General para la Realización de Ferias Comerciales”, elaborada por la Subgerencia de Trabajo y promoción del Empleo; ii) Por lo expuesto en el presente informe, y por las competencias establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, este despacho considera que la Subgerencia de Trabajo y promoción del Empleo, perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Económico, cuenta con las competencias para proponer el documento en cuestión, por lo que se emite opinión favorable, y; iii) Asimismo, el proyecto incorpora gran parte de las recomendaciones realizadas por los órganos de línea que emitieron opinión, en respuesta al Memorando Circular N° 000052-2021-MML-GP, como se detalla en el Informe N° 000044-2021-MML-GDE-STPE-DMA; Que, estando a lo expuesto, la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene competencia para promover el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con las municipalidades distritales de su jurisdicción; formular, proponer y evaluar las políticas, estrategias, programas y proyectos vinculados; la promoción del desarrollo económico, empresarial, productivo y comercial; la regulación y formalización del comercio; la administración de mercados a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima; la promoción del empleo productivo, de la pequeña y microempresa y el turismo; en consecuencia, tiene competencia para emitir los instrumentos necesarios para la realización de ferias de índole comercial; Que, el Artículo 42 de la Ley N° 27972 indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del Informe N°D000962-2021-MML-GAJ de 9 de noviembre de 2021, concluye que resulta conforme a la normativa vigente que mediante decreto de alcaldía se apruebe la “Guía General para la Realización de Ferias Comerciales”, documento que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Plani fi cación, a través de la Subgerencia de Organización y Modernización, correspondiendo ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20 y en el Artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1. Aprobar la “Guía General para la realización de Ferias Comerciales” que, como documento adjunto, forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2. Encargar a los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la “Guía General para la realización de Ferias Comerciales” en base a sus competencias y funciones vigentes. Artículo 3. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y la “Guía General para la realización de Ferias Comerciales” en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe) el mismo día de su publicación en el referido Diario O fi cial. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 2011481-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 524-MDSMP, “Ordenanza que aprueba Actualización de Datos de los contribuyentes y Beneficios tributarios y no tributarios de la deuda, en el Distrito de San Martín de Porres” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2021-MDSMP San Martín de Porres, 12 de noviembre de 2021 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Informe Nº 167-2021-GAT/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº