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28 NORMAS LEGALES Domingo 21 de noviembre de 2021 El Peruano / aplicación de los bene fi cios mediante Resolución de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, la cual imputará el pago a los periodos más antiguos de las deudas tributarias, reliquidando los montos de los tributos, intereses moratorios, reajustes, multas tributarias, derechos, gastos y costas procesales condonados, y demás deuda que corresponda, sin los bene fi cios que se les había aplicado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los contribuyentes que cancelen la totalidad de sus adeudos tributarios durante la vigencia de la presente Ordenanza, obtendrán la condición de Vecinos Exclusivos en el ejercicio fiscal 2022 para la aplicación del Programa de Beneficios al Vecino Puntual y Vecino Exclusivo de la Municipalidad de Pueblo Libre. Segunda.- A los contribuyentes que a la fecha de la entrada en vigor de la presente ordenanza únicamente mantengan deuda por concepto de costas y gastos procesales del procedimiento de cobranza coactiva y de multas tributarias, se les otorgará el bene fi cio de condonación del íntegro de las mismas. Tercera.- El costo generado por la aplicación de los bene fi cios dispuestos a través de la presente ordenanza, será asumido íntegramente por la Municipalidad. Cuarta.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnología de la Información deberán realizar los ajustes presupuestales e informáticos que correspondan, según los alcances de la presente Ordenanza. Quinta.- Facultase al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la presente Ordenanza. Sexta.- Encargase a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión, a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano Empresas (www. servicioalciudadano.gob.pe) y a la Secretaría General su publicación en el diario o fi cial El Peruano Séptima.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 2013488-1 COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado.c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES