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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (22/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 22 de noviembre de 2021 El Peruano / cada Corte Superior de Justicia ejecute y así evitar en lo menor posible la saturación. Sin embargo, la realidad es muy distinta, debido a que los procesos laborales que en su totalidad son virtuales y la transcripción de las actas respectivas, debe hacerse obligatoriamente en horario laboral, por lo cual es poco viable que no se realice un descargo de los videos, más aún cuando este debe subirse al Sistema de Grabación de Audiencias (SIGRA). e) Las especialidades civil-comercial, laboral (NLPT) y contencioso administrativo (tributario y de mercado) tramitan sus procesos por el Expediente Judicial Electrónico (EJE) que se encuentran digitalizados. Por ello, con la fi nalidad de evitar sobrecarga en el servicio, sería conveniente que sus actividades se desarrollen de manera remota, sin perjuicio de seguir con las recomendaciones de la Gerencia de Informática. En ese sentido, ambas unidades orgánicas proponen que, a fi n de disminuir la saturación de la red, se disponga el trabajo remoto en las dependencias jurisdiccionales en donde se tiene implementado el EJE. 5. En virtud de lo esbozado, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 90 incisos 3 y 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial 2, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Justicia de Lima, como máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y encargada de la política interna de su distrito Judicial, disponer las acciones urgentes y complementarias a fi n de garantizar la atención al ciudadano y salvaguardar la salud de los magistrados/as, trabajadores/as y público usuario. SE RESUELVE:Artículo Primero: Disponer, de manera excepcional, el trabajo remoto de los Jueces/zas y personal jurisdiccional y administrativo que laboran en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión Nº 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”; sin embargo, deberán concurrir a laborar presencialmente, excepto los vulnerables, por lo menos dos veces a la semana. Artículo Segundo: Establecer que la labor presencial diaria de todos los magistrados/as no vulnerables de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, será de 07:45 am a 16:45 pm, con una hora de refrigerio de 12:45 pm a 13:45 pm. Artículo Tercero: Establecer que la labor presencial diaria del personal jurisdiccional y administrativo no vulnerables de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, con el fi n de preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos (mañana y tarde), conforme a los siguientes horarios: primer turno: de 07:45 am a 12:45 pm, complementándose con tres horas de trabajo remoto, y segundo turno: de 13:30 pm a 18:30 pm, complementándose con tres horas de trabajo remoto. El trabajo remoto de tres horas (que complementarán las cinco horas de trabajo presencial) se desarrollará según lo indicado en la versión Nº 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial» y será coordinado con el/la jefe/a inmediato/a. Artículo Cuarto: Disponer que los Presidentes de Sala y los Jueces Especializados, cuyos órganos jurisdiccionales tramitan procesos con el Expediente Judicial Electrónico, en el plazo de 24 horas, remitan a la Coordinación de Recursos Humanos y a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura-ODECMA, la programación de los días (magistrados/as no vulnerables) y de los días y turnos (trabajadores jurisdiccionales y administrativos no vulnerables), que concurrirán a sus respectivos órganos jurisdiccionales a laborar presencialmente. Artículo Quinto: Disponer que el trabajo remoto de los magistrados/as, personal jurisdiccional y administrativo considerado en el grupo de riesgo al COVID-19 determinado por ley y debidamente comprobado, aun cuando tengan las dosis completas de vacunación, de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima implementados con el Expediente Judicial Electrónico, se efectivizará en el horario de ocho horas diarias (480 minutos), el cual se realizará acorde a lo indicado en la versión N° 4 del Reglamento «Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial», Artículo Sexto: Poner la presente resolución administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, la Unidad Administrativa y de Finanzas, de la Unidad de Servicios Judiciales, de la Coordinación de Informática, de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, y de la Secretaría General para la notifi cación de la presente resolución. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS PresidenteCorte Superior de Justicia de Lima 1 Modi fi cada con Resolución Administrativa N° 000391-2021-P-CSJLI-PJ del 5 de noviembre de 2021. 2 Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS. 2013710-1 Establecen disposiciones para el trabajo presencial diario de los Jueces/zas y personal jurisdiccional y administrativo no vulnerables que laboran en la 9° Sala Laboral, 23° Juzgado Laboral Transitorio, 16° Juzgado Contencioso Administrativo y 17° Juzgado Contencioso Administrativo, que funcionan en la sede Arnaldo Márquez PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000411-2021-P-CSJLI-PJ Lima, 21 de noviembre de 2021VISTOS:La Resolución Administrativa N° 000403-2021-P-CSJLI- PJ del 14 de noviembre de 2021; y, CONSIDERANDOS:1. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante la Resolución Administrativa N° 000403-2021-P-CSJLI-PJ dispuso, entre otras, las siguientes medidas excepcionales: a) El trabajo mixto (presencial y remoto) de los Jueces/ zas y personal jurisdiccional y administrativo que labora en la 9° Sala Laboral, 23° Juzgado Laboral Transitorio, 16° Juzgado Contencioso Administrativo y 17° Juzgado Contencioso Administrativo, del 15 al 19 de noviembre de 2021, que funcionan en la referida sede judicial, el cual se realizará de la siguiente manera: a) Lunes, miércoles y viernes, de manera presencial de 07:45 am a 16:45 pm y, b) Martes y jueves, de manera remota, conforme a la versión Nº 4 del Reglamento. b) El personal de Administración, Mesa de Partes y Archivo que labora en la citada sede, que por la naturaleza de sus funciones no pueden realizar trabajo remoto, harán trabajo presencial diario de 07: 45 am a 16:45 pm. c) Las áreas de infraestructura y mantenimiento de esta Corte Superior implementen, a la brevedad, las acciones correctivas a efectos de superar las de fi ciencias detectadas en la citada sede judicial, bajo responsabilidad; dando cuenta a la Gerencia de Administración Distrital sobre las medidas adoptadas.