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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (20/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de octubre de 2021 El Peruano / ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban contratación de servicio de asesoría legal especializado en virtud del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2021-EF/52 Lima, 19 de octubre del 2021CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado a contratar los servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente, para la realización de las operaciones a su cargo, dispuestas bajo el ámbito del citado Decreto Legislativo, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, bajo dicho marco normativo, se emite el Decreto Supremo N° 167-2021-EF, que aprueba los Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados, cuyo literal b) del artículo 4 de su Anexo establece que los servicios de asesoría legal especializados internacional y local se encuentran referidos a la elaboración de contratos, preparación de prospectos informativos, reportes anuales, estructuración, negociación, asesoramiento y demás documentación legal necesaria, con la fi nalidad que la República del Perú pueda realizar las Operaciones, en el mercado local y/o internacional, según lo requerido en cada caso; así como, aquellos servicios vinculados a los procedimientos de registro, inscripciones ante comisiones de valores internacionales, y a cualquier otro acto legal de conformidad con los requerimientos del mercado; Que, en ese sentido, el numeral 8.1 del artículo 8 del citado Anexo, establece el procedimiento de selección para la contratación de asesoría legal especializada internacional y/o local para la implementación de las operaciones, cuyo literal d) dispone que mediante resolución ministerial, a propuesta de la Dirección General del Tesoro Público, se aprueba la correspondiente contratación y se autoriza al Director General de la citada Dirección General a suscribir el contrato en representación del MEF; Que, en ese sentido, para efectos de la emisión y colocación de bonos de la República del Perú en la plaza fi nanciera de Nueva York y en cumplimiento de lo dispuesto por las leyes del citado Estado Federal de los Estados Unidos de América, se registró ante la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos de América – SEC, el documento denominado “Reporte Anual” bajo el formato “18-K”, el cual contiene información sobre los valores materia de emisión, el emisor y demás hechos que el inversionista necesita para decidir sobre su inversión y que debe contener información al cierre de cada ejercicio fi scal; Que, a fi n de gestionar la actualización del “Reporte Anual” bajo el formato “18-K” que la República del Perú mantiene registrado ante la SEC y otras plazas fi nancieras internacionales, con información al 31 de diciembre de 2020, se requiere contratar los servicios de un estudio de abogados que ejerza en el Estado de Nueva York para que brinde servicios de asesoría legal en la gestión de dicho registro; Que, en tal sentido, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, seleccionó a PAUL HASTINGS LLP, fi rma de abogados del Estado de Nueva York, con sujeción a los “Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados en el marco Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público” aprobados mediante el Decreto Supremo Nº 167-2021-EF, motivo por el cual resulta necesario aprobar la correspondiente contratación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; y en el Decreto Supremo N° 167-2021-EF, que aprueba los “Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados en el marco Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público”; SE RESUELVE:Artículo 1. Contratación de servicios de asesoría legal 1.1. Aprobar la contratación de servicios de asesoría legal especializada de la fi rma de abogados del Estado de Nueva York, PAUL HASTINGS LLP, que se desempeñará como asesor legal internacional para los fi nes descritos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. 1.2. Dicha contratación se efectúa con cargo a las previsiones presupuestales del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2. Suscripción de contrato Autorizar a la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el contrato de locación de servicios que permita implementar lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 3. Remisión de información Remitir al Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, la información correspondiente a la contratación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución ministerial, dentro de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes a su realización. Artículo 4. Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2002885-1 Aprueban precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 010-2021-EF/15.01 Lima, 19 de octubre de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N° 055-2016-EF que modi fi ca el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se varía la regulación contenida en los artículos 2, 4 y 7, así como los Anexos II y III de dicha norma;