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30 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de octubre de 2021 El Peruano / Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 5 de octubre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Consejero Arias Lazarte por encontrarse en comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Implementar, a partir del 5 de noviembre de 2021, en la Corte Superior de Justicia de Ayacucho el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, constituido por los siguientes órganos jurisdiccionales: - Sala Civil de Huamanga - 1° Juzgado Civil de Huamanga- 2° Juzgado Civil de Huamanga- 3° Juzgado Civil de Huamanga Artículo Segundo.- Disponer la aplicación de las normas contenidas en la Resolución Administrativa N° 049-2020-CE-PJ de fecha 29 de enero de 2020, y de la Resolución Administrativa N° 015-2020-P-CE-PJ del 4 de febrero de 2020; en cuanto resulta pertinente al Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Corte Superior de Justicia de Ayacucho; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2002979-6 Designan miembros del Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000340-2021-CE-PJ Lima, 18 de octubre del 2021VISTO:El O fi cio N° 000162-2021-P-ETIINLPT-CE-PJ cursado por la señora Jessica Vanessa Medina Jiménez, Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que, los artículos 5° y 6° de la Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, aprobada por Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, establece que el referido Equipo Técnico tiene la siguiente composición y estructura orgánica: Composición: • Presidencia.• Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. • Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. • Gestoría Administrativa del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Estructura Orgánica: • Órgano de Dirección: Presidencia del Poder Judicial.• Órgano Consultivo: Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. • Órganos de Asistencia Técnica: Secretaría Técnica y Gestoría Administrativa del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. • Órganos Desconcentrados: Equipos Técnicos Distritales de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Segundo . Que, el artículo 12° del mismo cuerpo normativo, dispone que el Consejo Consultivo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, estará conformado de la siguiente manera: • Juez Supremo de la especialidad laboral. • Juez Superior que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo. • Juez Especializado que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y • Juez de Paz Letrado que aplica la Nueva Ley Procesal del Trabajo Tercero. Que, asimismo, el artículo 13° de la Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, prevé que constituyen funciones del precitado Consejo Consultivo, emitir opinión respecto a los asuntos que el Consejero Responsable del mencionado Equipo Técnico someta a consideración; proponer la adopción de políticas y realización de gestiones ante los órganos del Poder Judicial u otros, que coadyuven a la reforma procesal laboral. Cuarto. Que mediante Resolución Administrativa N° 000263-2021-CE-PJ del 27 de agosto de 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial designó a la señora Jessica Vanessa Medina Jiménez, como Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Quinto. Que, al respecto, la señora Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante O fi cio N° 000162-2021-P-ETIINLPT-CE- PJ e Informe N° 000086-2021-ST-ETIINLPT-CE-PJ, propone a este Órgano de Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 7° de la Estructura Organizacional y Funcional del citado Equipo Técnico, una nueva conformación del referido Consejo Consultivo, toda vez que resulta necesario seguir contando con los valiosos aportes del mismo, debiendo estar integrado por magistrados especialistas en materia laboral, especí fi camente en la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Sexto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1277- 2021 de la sexagésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 5 de octubre de 2021, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Consejero Arias Lazarte por encontrarse en comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar, a partir de la fecha, a los siguientes juez y juezas, como miembros del