NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (23/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 6
6 NORMAS LEGALES Jueves 23 de setiembre de 2021 El Peruano / el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al “Estuario de Virrilá”, ubicado en el distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, como un humedal de importancia internacional, en el marco de la Convención relativa a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas; el cual se encuentra delimitado de acuerdo con el mapa y listado de puntos con coordenadas que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La designación del “Estuario de Virrilá” como humedal de importancia internacional tiene carácter declarativo y no otorga derechos sobre terceros. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (https://www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN JOSÉ RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente 1994162-1 DEFENSA Designan Inspector General del Ministerio de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0522-2021-DE Lima, 21 de setiembre de 2021VISTOS:El O fi cio Nº 00287-2021-MINDEF/JG de la Jefatura de Gabinete del Despacho Ministerial; el Ofi cio Nº 02466-2021-MINDEF/VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe Nº 00197-2021-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal Nº 00995-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de conformidad con lo previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0374-2021-DE, el cargo de Inspector/a General del Ministerio de Defensa, se encuentra considerado como cargo de confi anza; Que, encontrándose vacante el referido cargo, resulta necesario designar al profesional que desempeñará el mismo; Con el visado de la Secretaría General, de la Dirección General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Miguel Ricardo Reyna Bazalar en el cargo de Inspector General del Ministerio de Defensa. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER EDISON AYALA GONZALES Ministro de Defensa 1994293-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Crean el “Grupo de Trabajo Sectorial para el desarrollo del sector agrario y de riego en el marco de la II Reforma Agraria” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0274-2021-MIDAGRI Lima, 22 de septiembre de 2021VISTOS; el O fi cio Nº 409-2021-MIDAGRI-DVPSDA/ DGPA-DIPNA de la Dirección General de Políticas Agrarias, el Informe Nº 0328-2021-MIDAGRI-DVPSDA-DGPA/DIPNA de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria, la Nota Nº 069-2021-MIDAGRI-DVPSDA/DGGT-DG de la Dirección General de Gestión Territorial, el Memorando Nº 059-2021-MIDAGRI-DVPSDA/DGGTR-DAII de la Dirección General de Gestión Territorial, el Informe Nº 003-2021-MINAGRI-DVPA-DGGT/DAII-NARV de la Dirección de Articulación Intersectorial e Intergubernamental, el Memorando Nº 207-2021-MIDAGRI-DVPSDA/DGPA-DIPNA de la Dirección General de Políticas Agrarias, el Informe Nº 332-2021-MIDAGRI-DVPSDA-DGPA/DIPNA de la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria, el Informe Complementario Nº 004-2021-MINAGRI-DVPA-DGGT/DAII-NARV de la Dirección de Articulación Intersectorial e Intergubernamental, el Memorando Nº 1354-2021-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 105-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, artículo 4 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en adelante la LOF, establece, entre otros, que este Ministerio, ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el último párrafo del artículo 6 de la LOF, dispone que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, en el ejercicio de sus funciones generales, promueve la competitividad, la innovación, la inclusión y la diversi fi cación productiva, impulsando un enfoque de gestión integral del territorio para lograr un desarrollo agrario y de riego sostenible y competitivo, buscando la efi ciencia administrativa y priorizando el servicio a la agricultura familiar; Que, conforme con los literales a., b., e., h., y j . del numeral 2 del artículo 7 de la LOF, el MIDAGRI, en el marco de sus competencias compartidas, tiene las funciones especí fi cas de: i) promover la producción