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4 NORMAS LEGALES Viernes 15 de abril de 2022 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Economía y Finanzas a los EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Relaciones Exteriores RESOLUCIÓN SUPREMA N° 126-2022-PCM Lima, 14 de abril de 2022CONSIDERANDO:Que, el señor Oscar Miguel Graham Yamahuchi, Ministro de Economía y Finanzas, asistirá a las Reuniones de Primavera del Grupo Banco Mundial (GBM) y del Fondo Monetario Internacional (FMI), del 20 al 24 de abril de 2022, que se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, las Reuniones de Primavera del GBM y del FMI, congregan cada año a autoridades de bancos centrales, Ministros de Finanzas y de Desarrollo, ejecutivos del sector privado y miembros de círculos académicos con el objeto de debatir temas que generan preocupación en todo el mundo, tales como las perspectivas económicas mundiales, el fi n de la pobreza, el desarrollo económico y la efi cacia de la ayuda. Además, se organizan seminarios, sesiones informativas regionales, conferencias de prensa y muchas otras actividades centradas en la economía mundial, el desarrollo internacional y el sistema fi nanciero mundial; Que, en tal sentido y siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el citado viaje en misión o fi cial, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al Exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01 “Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas”, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en misión o fi cial, del señor Oscar Miguel Graham Yamahuchi, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 20 al 25 de abril de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1 950,00 Viáticos (4 días) : US$ 1 760,00 Artículo 3. Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor César Rodrigo Landa Arroyo, Ministro de Relaciones Exteriores, a partir del 20 de abril de 2022 y mientras dure la ausencia del Titular.Artículo 4. La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5. La presente Resolución es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2058373-2 Encargan las funciones de Responsable de la entrega de información de acceso público que se solicite a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA RDE N° 00031-2022-ARCC/DE Lima, 13 de abril de 2022.VISTOS:El Memorando N° 1897-2022-ARCC/GG/OA/UL de la Unidad de Logística, el Informe Nº 00106-2022-ARCC/GG/OA/URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N° 600-2022-ARCC/GG/OA de la O fi cina de Administración y el Informe N° 363-2022-ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal; con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, señala que la fi nalidad de dicha norma es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, en el marco de los artículos 3 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de brindar la información que se solicite al amparo de la mencionada Ley; Que, el último párrafo del artículo 5 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, señala que, en caso de vacancia o ausencia justifi cada del funcionario responsable de entregar la información, y cuando no haya sido designado un encargado de cumplir las funciones establecidas en el presente artículo, el Secretario General o quien haga sus veces asumirá las obligaciones establecidas en la Ley y el presente Reglamento; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que la designación de los funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE se aprobó el Documento de