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143 NORMAS LEGALES Sábado 3 de diciembre de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Modifican la Ordenanza N° 343-MVMT respecto al lugar donde se llevará a cabo la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2022 y dispensan a los contrayentes el trámite de publicación de avisos matrimoniales DECRETO DE ALCALDÍA N° 10-2022-MVMT Villa María del Triunfo, 28 de noviembre de 2022 EL ALCALDE DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: El Informe N° 1133-2022-SGRC-OSG/MVM de la Subgerencia de Registros Civiles, el Informe Nº 231-2022-OAJ/MVMT de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 856-2022-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, respecto al Decreto de Alcaldía que modi fi ca el Artículo Primero de la Ordenanza N° 343-MVMT y autoriza celebrar el I Matrimonio Civil Comunitario en el Polideportivo César Vallejo, ubicado en la Av. Cesar Vallejo con Av. 1ero de Mayo, referencia: espalda de Centro Comercial Real Plaza, Zona Nueva Esperanza, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 30305, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, la misma que agrega que la autonomía que reconoce la Constitución Política del Perú otorga a las Municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4° de la Constitución Política del Perú, la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a la familia y promueven el matrimonio, reconociendo a éstos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, mediante Ordenanza N° 343-MVMT, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 17 de noviembre de 2022, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la Ordenanza que autoriza la Celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2022 en el Distrito de Villa María del Triunfo, a realizarse el día 17 de diciembre de 2022, a horas 10 am., en la Plaza Mayor del distrito de Villa María del Triunfo. Asimismo, en el Artículo Tercero de la referida Ordenanza, se faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias o modi fi catorias que resulten necesarias para la correcta y adecuada aplicación de la presente Ordenanza; Que, a través del Informe N° 1133-2022-SGRC- OSG/MVM, la Subgerencia de Registros Civiles, señala que debido a la a fl uencia de personas y la congestión vehicular que ocasionaría este evento, así como otros factores como espacio para estacionamientos, recinto para invitados de los contrayentes a las nupcias, además del uso de los espacios comunes al público en general, resulta indispensable procurar la seguridad de los asistentes, a fi n de brindar las mejores facilidades y condiciones para poder desarrollar dicho acto, por lo cual se ve en la necesidad de proponer el cambio de lugar donde se llevará a cabo la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2022 en el Distrito de Villa María del Triunfo. En ese sentido, propone celebrar el I Matrimonio Civil Comunitario en el Polideportivo Cesar Vallejo, ubicado en la Av. Cesar Vallejo con Av. 1ero de Mayo, referencia: espalda de Centro Comercial Real Plaza, Zona Nueva Esperanza, debido a que dicho lugar cuenta con un amplio espacio que permitirá que los contrayentes se sientan cómodos junto a sus invitados; Que, mediante el Informe Nº 231-2022-OAJ/MVMT, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto de la emisión de un Decreto de Alcaldía mediante el cual se modi fi que el Artículo 1° de la Ordenanza N° 343- MVMT, que autoriza la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2022 en el Distrito de Villa María del Triunfo, en el extremo de modi fi car el lugar donde se llevará a cabo dicho acto, siendo el siguiente: Lugar: Polideportivo Cesar Vallejo, ubicado en la Av. Cesar Vallejo con Av. 1ero de Mayo, referencia: espalda de Centro Comercial Real Plaza, Zona Nueva Esperanza. Asimismo, se establezca la dispensa a los contrayentes del I Matrimonio Civil Comunitario 2022, de la publicación de los edictos matrimoniales, siendo responsabilidad de la Subgerencia de Registros Civiles, veri fi car el cumplimiento de los requisitos establecidos por Ley que forman parte del pliego matrimonial; Que, a través del Memorándum N° 856-2022-GM/ MVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Ordenanza N° 343-MVMT y AUTORIZAR la celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2022 en el distrito de Villa María del Triunfo, en el extremo de modi fi car el lugar donde se llevará a cabo dicho acto, siendo el siguiente:: - Lugar: Polideportivo César Vallejo, ubicado en la Av. César Vallejo con Av. 1ero de Mayo, referencia: espalda de Centro Comercial Real Plaza, Zona Nueva Esperanza. Artículo Segundo.- DISPENSAR a los contrayentes el trámite de publicación de avisos matrimoniales conforme a lo dispuesto por el Artículo 252° del Código Civil vigente, debiendo cumplir con los requisitos que dispone el Artículo 248° y siguiente de la citada norma y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Villa María del Triunfo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Registros Civiles realizar las coordinaciones pertinentes, y la recepción de los expedientes matrimoniales, cumpliendo con todos los requisitos de acuerdo al Código Civil, y dispensándose a los contrayentes de la publicación de los avisos con arreglo al Artículo 252° del citado cuerpo legal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del texto íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2130206-1