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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 138

138 NORMAS LEGALES Sábado 3 de diciembre de 2022 El Peruano / presentación de las candidaturas es del 11 al 22 de enero de 2023, inclusive. Ello de conformidad con la línea de tiempo elaborada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; También resulta oportuno disponer que la Secretaría General de la entidad o fi cie a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) a fi n de solicitar la relación de universidades privadas licenciadas que cuenten con Facultades de Derecho acreditadas, así como la remisión de copias certi fi cadas de las resoluciones rectorales de designación de sus respectivos decanos; De conformidad con lo dispuesto en el literal q) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; así como en el literal y) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, adecuado por Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias; Con los visados de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONVOCAR a la elección de los miembros titulares y suplentes del Jurado Nacional de Elecciones en representación de las universidades privadas, para el 17 de febrero de 2023. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el plazo para la presentación de las candidaturas es del 11 al 22 de enero de 2023, inclusive. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría General o fi cie a la SUNEDU a fi n de solicitar la relación de universidades privadas licenciadas que cuenten con Facultades de Derecho acreditadas, así como la remisión de copias certi fi cadas de las resoluciones rectorales de designación de sus respectivos decanos. Artículo Cuarto.- Poner la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Quinto.- Publicar la presente resolución jefatural en el diario o fi cial El Peruano los días 3 y 5 de diciembre del año en curso, así como en el Portal Institucional de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, www.onpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2131331-1 Disponen la actualización de siete documentos, denominados “Protocolos de Seguridad y Prevención Contra la COVID 19” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 004914-2022-JN/ONPE Lima, 2 de diciembre de 2022 VISTOS: El O fi cio Nº 002667-2022-SG/ONPE de la Secretaría General; el O fi cio Nº D001904-2022- SG-MINSA de la Secretaría General del Ministerio de Salud; el Informe Nº 000472-2022-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe Nº 000437-2022-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 007209-2022-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum u otras consultas populares, y de conformidad con el literal c) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) tiene la función de plani fi car, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en este sentido le corresponde implementar las medidas correspondientes para el desarrollo de la Segunda Elección Regional (SER 2022), convocadas mediante Decreto Supremo Nº 135-2022-PCM, las cuales se desarrollarán el domingo 4 de diciembre de 2022; Mediante Decreto Supremo Nº 016-2022-PCM, se declaró Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, la cual fue objeto de sucesivas prórrogas y modi fi caciones. En ese contexto la ONPE emitió la Resolución Jefatural Nº 002659-2022-JN/ONPE de fecha 27 de julio de 2022, disponiendo el cumplimiento obligatorio por todos los servidores y/o ciudadanos intervinientes en los procesos electorales convocados de los siguientes documentos aprobados por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (en lo sucesivo GOECOR): 1. OD04-GOECOR/IMO: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 en la ODPE y ORC. (versión 05). 2. OD14-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 en el local de votación y espacios abiertos. (versión 06). 3. OD15-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 en la mesa de sufragio. (versión 05). 4. OD16-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 para los electores. (versión 06). 5. OD17-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 para los personeros durante el proceso electoral. (versión 05). 6. OD18-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 para los observadores durante el proceso electoral. (versión 05). 7. OD19-GOECOR/JEL: Protocolo de seguridad y prevención contra la COVID19 para periodistas. (versión 06). Posteriormente, con el Decreto Supremo Nº 130- 2022-PCM publicado el 27 de octubre de 2022, se derogó el Decreto Supremo Nº 016-2022-PCM citado, y de sus prórrogas y modi fi caciones, estableciendo en la Disposición Complementaria Final Única lo siguiente: “El Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, dentro del ámbito de sus competencias y en permanente articulación promueven el uso facultativo de mascarillas, la vacunación contra la COVID-19 y otras medidas de promoción y vigilancia de prácticas saludables y actividades, en relación a la emergencia sanitaria; para lo cual el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial dicta las disposiciones que resulten necesarias”; En ese contexto, mediante el O fi cio de vistos, la Secretaría General, en atención a lo informado por GOECOR, solicitó la opinión a la Secretaría General del Ministerio de Salud (MINSA) sobre las medidas sanitarias que se están considerando aplicar para la actualización de los 07 protocolos de seguridad y prevención contra la COVID-19 para su aplicación en el proceso electoral de la Segunda Elección Regional SER 2022, en cumplimiento de la Disposición Complementaria Final Única del Decreto Supremo Nº 130-2022-PCM y otras que considere pertinente; Mediante el O fi cio de vistos, la Secretaría General del MINSA, que remite el Informe Nº D000032-2022-UFETP-MINSA elaborado por la Unidad Funcional de Prevención y Manejo de Epidemias, Brotes y Enfermedades Infecciosas Priorizadas de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, mani fi esta su conformidad con las siguientes medidas: i) uso opcional de mascarillas; ii) mantener la ventilación en los ambientes utilizados como local de votación y en las sedes de la ODPE/ORC/ punto focal; iii) habilitación de puntos de lavado con jabón y agua para la desinfección de las manos. Asimismo, recomienda cuidar los fl ujos de ingreso dentro del local de votación y salida del mismo