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6 NORMAS LEGALES Martes 20 de diciembre de 2022 El Peruano / transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial deberá contar con la autorización vigente otorgada por la municipalidad provincial correspondiente o la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao tratándose de las provincias de Lima y Callao. Artículo 3. Porcentaje de devolución A partir del 1 de enero de 2023 el porcentaje al que se refi ere el párrafo 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia 012-2019 será de setenta por ciento (70%). Artículo 4. Prórroga del Decreto de Urgencia 012- 2019 Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo establecido en el párrafo 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia 012-2019. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Adecuación de las normas reglamentarias En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente ley, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Ministerio del Ambiente adecúan las normas reglamentarias del Decreto de Urgencia 012-2019 a lo dispuesto por la presente ley. SEGUNDA. Indicadores de desempeño En concordancia con lo dispuesto por la Norma VII del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo 133-2013-EF, para efecto de evaluar el impacto del bene fi cio regulado por el Decreto de Urgencia 012-2019, se tomará el indicador siguiente: 0.95 * # de fallecidos en siniestros de tránsito donde haya participado un vehículo con autorización para el servicio de transporte de carga y de transporte regular de personas en el ámbito nacional, regional y provincial, registrados en el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, con periodicidad mensual. + 0.05 * # de heridos en siniestros de tránsito donde haya participado un vehículo con autorización para el servicio de transporte de carga y de transporte regular de personas en el ámbito nacional, regional y provincial, registrados en el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, con periodicidad mensual. TERCERA. Vigencia La presente ley entra en vigencia al día siguiente de la publicación del decreto supremo al que se re fi ere su primera disposición complementaria fi nal. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Derogación Se deroga el numeral 2 del párrafo 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia 012-2019. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil veintidós. JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZA PATA Presidente del Congreso de la República MARTHA LUPE MOYANO DELGADO Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República PEDRO MIGUEL ANGULO ARANA Presidente del Consejo de Ministros 2135729-3 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan Director General de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 344-2022-MINCETUR Lima, 19 de diciembre de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor RAFAEL CÁRDENAS VANINI, en el cargo de Director General de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2135551-1 Designan Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2022-MINCETUR Lima, 19 de diciembre de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley