TEXTO PAGINA: 94
94 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, mediante Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana, destinado a garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, mediante Directiva Nº 011-2019-IN aprobada con Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN se establecen los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana estipulándose que corresponde al Concejo Municipal, aprobar dicho Plan mediante Ordenanza, incorporando al PSCD al Plan Operativo Institucional y su asignación presupuestaria institucional; Que, mediante Informe Técnico Nº 021-2022-MML- GSGC-STCSC-OCM de fecha 04 de noviembre de 2022 el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, considera apto para su implementación el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Breña 2023; Que, mediante O fi cio Nº 093-2022-CODISEC-B/ST de fecha 16 de noviembre de 2022 el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Breña, remite a la Gerencia Municipal, el Plan de Acción Distrital en Seguridad Ciudadana Breña 2023; Que, mediante Informe Nº 142-2022-MDB/OPP de fecha 21 de noviembre de 2022, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, informa que el Plan de Acción de seguridad Ciudadana Breña 2023 cumple con la normativa propuesta y toma en cuenta los objetivos de Seguridad Ciudadana a nivel nacional, opinando favorablemente para la aprobación del mismo; Que, mediante Informe Nº 506-2022-OAJ-MDB de fecha 24 de noviembre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que resulta viable legalmente la emisión de la Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Breña 2023; Que, mediante Dictamen Nº 01-2022-CSC-CM-MDB de fecha 05 de diciembre de 2022, la Comisión de Seguridad Ciudadana, recomienda al Pleno del Concejo Municipal aprobar el proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Breña 2023; De conformidad con el numeral 8) del artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria de fecha 15 de diciembre del presente, luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA BREÑA 2023 Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Breña 2023, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, incorporándolo al Plan Operativo Institucional y se disponga su asignación presupuestaria institucional. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, disponga las medidas reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina General de Administración y demás instancias administrativas de esta entidad la implementación y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación de la presente norma municipal en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase.JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 2135670-1 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de Lurín para el ejercicio 2023 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 458-2022/MDL Lurín, 29 de noviembre de 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN; VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de noviembre del 2022, O fi cio Nº D001747-2022- MML- GSGC de fecha 19 de Octubre del 2022 emitido por el gerente de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Informe Nº 573-2022-GSCI/ML de fecha 25 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Informe Nº 541-2022-GAJ/ML de fecha 14 de noviembre de 2022 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre “Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción de Distrital de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Lurín”; y, CONSIDERANDO: Que, según Io dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias en concordancia con lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades que establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27933 “Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana”, tiene por objeto el proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; para ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ella se deriven. Componen el citado sistema, entre otros, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC); Que, mediante los Decretos Legislativos Nº 1316 y Nº 1454, se introdujeron cambios en la normatividad que regula el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana que hacen necesaria la adecuación del Reglamento de la Ley Nº 27933, a efectos de regular el funcionamiento de sus órganos e instancias de coordinación; Que, según el inciso a) del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, que modi fi ca el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, establece que son funciones del CODISEC entre otras: Proponer ante la Municipalidad la aprobación