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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (21/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de diciembre de 2022 El Peruano / VISTO: Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos mediante el Dictamen N° 104-2022-MML-CMAEO de fecha 24 de noviembre de 2022, respectivamente, el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS TASAS, DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA (BARRIDO DE CALLES Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD CENTRO POBLADO SANTA MARÍA DE HUACHIPA, PARA EL EJERCICIO 2023 Artículo 1.- Marco Legal aplicable. Aplíquese para el ejercicio 2023 lo dispuesto en la Ordenanza N° 2418-MML, la misma que fue vista en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de diciembre de 2021, con Dictamen N° 152-2021-MML/CMAEO de la Comisión Metropolitana de Lima de Asuntos Económicos y Organización, que fue publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 29 de diciembre de 2021. Artículo 2.- Determinación del costo y las tasas de los arbitrios municipales. Para el ejercicio 2023 se aplicaran los costos y tasas establecidos en la Ordenanza N° 2418-MML por los servicios públicos de Limpieza Pública (barrido de calles, y recolección de residuos sólidos), parques y jardines y Seguridad Ciudadana, reajustados con la variación del Índice del Predio al Consumidor (IPC) acumulado al mes de mayo del 2022 que asciende a 3.21%, el cual fue aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 113-2022-INEI y publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 01 de junio del 2022. Artículo 3.- Aprobación del Informe Técnico. Apruébese el Informe Técnico que sustenta las tasas reajustadas con el IPC (3.21%) acumulados al mes de mayo del 2022, correspondiente a los arbitrios municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, así como la estimación de ingresos por concepto de la prestación de los referidos servicios públicos, que se anexa y forma parte integra de la presente Ordenanza. Artículo 4.- Derogatoria. Deróguese todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 5.- Vigencia de la Norma. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2023, previa publicación de su texto normativo, conjuntamente con el informe técnico, las tasas del 2023 reajustadas con el IPC (3.21%) acumulados al mes de mayo del 2022 y la estimación de ingresos, que forma parte de la presente Ordenanza, en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultades reglamentarias. Facúltese al Alcalde del Centro Poblado de Santa María de Huachipa para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- Publicación en la página web. El texto íntegro de la presente norma, serán publicadas en la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima (www.sat.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa (www.munihuachipa.gob.pe). Tercera.- Cronograma de vencimiento. El vencimiento de los arbitrios municipales se ajustará para el año 2023, al siguiente cronograma: BIMESTRE ARBITRIOS VENCIMIENTO 1° Enero-Febrero 28 de febrero del 20232° Marzo-Abril 28 de abril del 20233° Mayo-Junio 30 de junio de 2023 4° Julio-Agosto 31 de agosto de 2023 5° Setiembre-Octubre 31 de octubre del 20236° Noviembre-Diciembre 29 de diciembre del 2023 POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2135639-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Breña 2023 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0584-2022-MDB Breña, 15 de diciembre de 2022EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAPOR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión de Ordinaria de la fecha. VISTO:El Informe Técnico Nº 021-2022-MML-GSGC- STCSC-OCM de fecha 04 de noviembre de 2022 del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, el O fi cio Nº 093-2022-CODISEC-B/ST de fecha 16 de noviembre de 2022 del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Breña, el Informe Nº 142-2022-MDB/OPP de fecha 21 de noviembre de 2022 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 506-2022-OAJ-MDB de fecha 24 de noviembre de 2022 de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Dictamen Nº 01-2022-CSC-CM-MDB de fecha 05 de diciembre de 2022 de la Comisión de Seguridad Ciudadana; todos los actuados respecto del proyecto de “Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana Breña 2023”; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa para los asuntos de su competencia, conforme lo garantiza el marco Constitucional en su artículo 194º, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; dicha autonomía es ejercida a través de aprobación de Ordenanzas, Acuerdos de Concejo, entre otros, de conformidad a lo estipulado en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, la cual otorga rango de Ley a las Ordenanzas Municipales;