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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de diciembre de 2022 El Peruano / Formalizan acuerdo del Consejo Directivo, que aprueba delegar funciones en el (la) Jefe(a) y el (la) Gerente(a) General del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 002-2022-INIA Lima, 19 de diciembre de 2022CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con personería jurídica de derecho público. Tiene competencia de alcance nacional y constituye un Pliego Presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del INIA, estableciéndose su estructura orgánica y determinándose las funciones generales y especí fi cas de los órganos que la conforman; Que, el artículo 6-A del referido dispositivo legal, dispone que Consejo Directivo es el órgano de máxima jerarquía institucional del INIA, encargado de aprobar las políticas institucionales. El Consejo Directivo sesiona, en forma ordinaria, por lo menos una vez al mes y extraordinariamente según determine el Presidente del mismo o la mayoría de sus miembros. El Presidente del Consejo Directivo convocará a las sesiones con una antelación de tres (03) días hábiles, salvo sesiones de urgencia o periódicas en fecha fi ja en las que se podrá obviar el plazo antes señalado. El quórum de asistencia a las sesiones se con fi gura cuando se veri fi que la asistencia de tres (03) miembros del Consejo Directivo, siendo adoptados los acuerdos por mayoría de los miembros asistentes; Que, asimismo, el artículo 6-C del ROF del INIA, prescribe como funciones del Consejo Directo, entre otras, la de aprobar el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo, el Presupuesto Institucional de apertura y sus modi fi caciones presupuestarias e instrumentos de gestión institucional , de conformidad a la normatividad vigente; Que, conforme al Acta de fecha 01 de diciembre de 2022, se realizó la octava sesión del Consejo Directivo del INIA, en la cual arribaron, entre otros, los siguientes acuerdos: i) En el (la) Jefe(a) del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la función de aprobar y/o modi fi car el Plan Estratégico y el Plan Operativo Multianual Institucional, así como el Reglamento de Organización y Funciones, y el Manual de Operaciones, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de la materia; y, ii) En el (la) Gerente(a) General del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), la función de aprobar, modi fi car o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático a que se re fi ere el artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público ; Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que el ejercicio de la competencia es una obligación directa del órgano administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo que exista una delegación respecto de la función encargada; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, señala que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; en tal sentido, el artículo 85 de la norma antes citada contempla la desconcentración a través de la cual la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la referida Ley;Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018- PCM y modi fi catorias, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, en adelante Lineamientos, el cual establece en su numeral 45.1 del artículo 45 que, el ROF de las entidades del Poder Ejecutivo se aprueba por Decreto Supremo y se estructura de acuerdo a lo dispuesto en la sección primera del artículo 44. La organización interna de sus órganos y el despliegue de sus funciones, que comprende del tercer nivel organizacional en adelante, se estructura conforme la segunda sección del artículo 44 y se aprueba por resolución del titular de la Entidad. El decreto supremo antes referido rige a partir de la entrada en vigencia de la resolución del titular de la entidad; Que, el numeral 55.2 del artículo 55 de los Lineamientos prescribe que el Manual de Operaciones, se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo; Que, por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033- 2017/CEPLAN/PCD de fecha 02 de junio de 2017, y modi fi catorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, en adelante la Guía, que establece las pautas para el planeamiento institucional, comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua. Su contenido y modi fi catorias son aplicables para las entidades que integran el SINAPLAN en los tres niveles de gobierno; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5.7 del artículo 5 de la Guía, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; asimismo, el numeral 6.2 del artículo 6, señala que el POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual hasta el 30 de abril y se realiza a través del aplicativo CEPLAN V.01 y la utilización de la fi rma digital del Titular; Que, por otro lado, el numeral 47.2. del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, prescribe que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresar, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con Informe N° 0280-2022-MIDAGRI-INIA-GG/ OAJ de fecha 16 de diciembre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica, opina que jurídicamente resulta viable la formalización del Acta del Consejo Directivo de fecha 01 de diciembre de 2022, correspondiente a la octava sesión, a través de un acto administrativo a cargo de la Presidencia, conforme lo establece el literal e) del artículo 14 del Reglamento del Consejo Directivo, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 0002-2021-INIA; Estando a lo acordado en la Octava Sesión del Consejo Directivo, con los vistos de la Gerencia General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014- MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo, contenido en el Acta de fecha 01 de diciembre de 2022, correspondiente a la octava sesión, que aprueba delegar las siguientes funciones: - En el (la) Jefe(a) del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la función de aprobar y/o modi fi car el Plan Estratégico y el Plan Operativo Multianual Institucional, así como el Reglamento de Organización y Funciones, y el Manual de Operaciones, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de la materia.