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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2022 (05/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de enero de 2022 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; VISTOS:El Memorándum Nº 1111-2021-GM/MDCH de fecha 29 de diciembre de 2021, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 242-2021-MDCH-GAT de fecha 28 de diciembre de 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 1612-2021-MDCH-GAT-SR de fecha 22 de diciembre de 2021, emitido por la Subgerencia de Rentas; el Memorándum Nº 672-2021-MDCH/GPP de fecha 29 de diciembre de 2021, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 232-2021-MDCH-GPP/AFPI de fecha 29 de diciembre de 2021, emitido por el Área Funcional de Planeamiento Institucional; el Informe Nº 296-2021-MDCH-GAJ de fecha 29 de diciembre de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que el alcalde ejerce funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de mismo cuerpo legal, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº 418-2021/MDCH, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 03 de noviembre del 2021, se estableció otorgar bene fi cios tributarios y no tributarios en el Distrito de Chorrillos, a fi n motivar a los contribuyentes al pago de sus deudas tributarias y, vencen el 30 de noviembre del presente año; Que de la misma normativa en la cuarta disposición complementaria se dispuso la facultad al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la fecha de vencimiento; Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 011-2021/MDCH publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 01/12/2021, se prorrogó hasta el 30 de diciembre de 2021, los referidos bene fi cios; Que, mediante Informe Nº 1612-2021-MDCH-GAT- SR e Informe Nº 242-2021-MDCH-GAT, la Subgerencia de Rentas y la Gerencia de Administración Tributaria respectivamente remiten propuesta de prórroga de fecha de pago de la Ordenanza Nº 418-2021/MDCH hasta el 28 de febrero del 2022, la misma que entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; La presente propuesta normativa se encuentra justi fi cada dentro de la actual coyuntura económica y social que atraviesa el país por la vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria y Estado de Emergencia Nacional dispuesto por el Ejecutivo, la cual sigue prorrogándose por las graves circunstancias que viene originando la pandemia del COVID-19, y que ha generado el incumplimiento de las obligaciones formales de pago, intereses moratorios y reajustes de las deudas vencidas; razón por la cual resulta necesario brindar facilidades a los vecinos del distrito, para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de cancelación, con el fi n de mitigar el impacto económico; Que, mediante Memorándum Nº 672-2021-MDCH-GPP de fecha 29 de diciembre del 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 296-2021-MDCH-GAJ de fecha 29 de diciembre del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica opinan favorablemente por la procedencia de la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 418-2021/MDCH; Que, estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y del artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el visto bueno de la Gerencia de Administración Tributaria, de la Subgerencia de Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, la vigencia de Ordenanza Nº 418-2021/MDCH “Ordenanza que establece bene fi cios tributarios y no tributarios a los contribuyentes del Distrito de Chorrillos, hasta el 28 de febrero del 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás áreas pertinentes en cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo, de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Informática y Tecnología su publicación en el Portal Institucional. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 2027467-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 653-MSS Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 653-MSS, publicada en la edición del día 31 de diciembre de 2021. DICE: ANEXO ÚNICO INFORME TECNICO ESTIMACIÓN DE COSTOS, METODOLOGÍA DE DISTRUBUCIÓN Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS POR DERECHO DEL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL 2022 Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO. “7.- Estimación de Ingresos La estimación de ingresos por concepto de derecho de emisión para el año 2022, se muestra en el siguiente cuadro: COSTO DEL SERVICIOCARPETAS TRIBUTARIAS A IMPRIMIRTASAINGRESO ESTIMADODIFERENCIA COBERTURA DEL COSTO (1) (2) (3) (4)=(3)X(2) (5)=(4)-(1) (6)=(4)/(1) S/. 128,000 2.02 S/. 258,560.00 S/. - 803.19 99.69% ”