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8 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de enero de 2022 El Peruano / facultades antes mencionadas y al Órgano de Control Institucional. Artículo 11.- La presente Resolución Ministerial tiene efi cacia anticipada al 1 de enero de 2022. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2027755-1 Aprueban la Política Antisoborno y el Código de Conducta Antisoborno del Ministerio RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 0001-2022-MINCETUR/SG Lima, 4 de enero del 2022VISTOS, los Memorándums N° 974 y 985-2021-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, el Informe N° 0092-2021-MINCETUR/SG/OGPPD/OR, de la O fi cina de Racionalización de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y el Memorándum N° 2050-2021-MINCETUR/SG/OGA/OP de la O fi cina de Personal de la O fi cina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, establece que el referido Ministerio es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y que constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 092-2017- PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, la cual según el artículo 2 del mencionado Decreto Supremo, es de cumplimiento obligatorio, entre otros, para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado; Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción establece como Objetivo General, contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, como herramienta de implementación de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; Que, a través del Decreto Supremo N° 164-2021- PCM, se aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026, estableciéndose en su artículo 4 el Eje 6 de la citada Política: Fortalecimiento del sistema democrático, seguridad ciudadana y lucha contra la corrupción, narcotrá fi co y terrorismo; Que, con Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, se aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, la cual, según el artículo 2 del citado Decreto Supremo, tiene por fi nalidad fortalecer la respuesta coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y la implementación del Modelo de Integridad para las entidades del sector público. Asimismo, asegurar la buena marcha de las entidades del Poder Ejecutivo, a través de la mitigación de riesgos que afectan la integridad pública y que dan paso a la ocurrencia de posibles actos de corrupción, así como de faltas administrativas y prácticas cuestionables; Que, en línea con el marco normativo en materia de integridad antes señalado, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo actualmente se encuentra en proceso de implementación de la Norma Internacional ISO 37001:2016, Sistema de Gestión Antisoborno, en el Proceso de Adquisiciones de la entidad;Que, mediante Acta de Reunión virtual del 6 de octubre de 2021, los representantes de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR involucrados en el alcance de la implementación de la Norma ISO 37001:2016, Sistema de Gestión Antisoborno, aprobaron la estructura organizativa del Sistema de Gestión Antisoborno del Proceso de Adquisiciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, estableciéndose como Órgano de Gobierno del mencionado Sistema a la Secretaría General; Que, como parte del proceso de implementación de la Norma Internacional ISO 37001:2016 en el Proceso de Adquisiciones de la entidad, corresponde aprobar la documentación del Sistema de Gestión Antisoborno por las diferentes instancias del citado Sistema; Que, el requisito 5.1 “Órgano de Gobierno” de la Norma Internacional ISO 37001:2016, establece que el Órgano de Gobierno debe demostrar su liderazgo y compromiso con respecto al Sistema de Gestión Antisoborno mediante la aprobación de la Política Antisoborno de la organización, documento del Sistema que establece el compromiso de la entidad en la lucha antisoborno; Que, en ese marco la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo ha elaborado la Política Antisoborno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, así como un Código de Conducta Antisoborno, documento orientativo que garantiza la implementación de la Política mediante el establecimiento de las directrices que el personal debe mantener ante situaciones que pueden ser pasibles de soborno, con la fi nalidad de prevenir que se lleven a cabo; Que, mediante el Memorándum del Visto, la O fi cina de Personal emitió opinión favorable respecto de los proyectos de Política Antisoborno y de Código de Conducta Antisoborno, como unidad de organización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a cargo de las funciones en materia de integridad, de conformidad con lo establecido en la Resolución Secretarial N° 0037-2021-MINCETUR/SG; Que, a fi n de continuar con la implementación de la Norma Internacional ISO 37001:2016 en el Proceso de Adquisiciones de la entidad, corresponde aprobar la Política Antisoborno y el Código de Conducta Antisoborno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción; el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; el Decreto Supremo Nº 164-2021-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno para el periodo 2021-2026; el Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, que aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Política Antisoborno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que como Anexo N° 1 forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2.- Aprobar el Código de Conducta Antisoborno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que como Anexo N° 2 forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial y sus Anexos, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ADEVAL ZAFRA FLORES Secretario General 2027680-1