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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2022 (17/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Lunes 17 de enero de 2022 El Peruano / Que la O fi cina de Administración y el Centro de Formación y Capacitación de la Procuraduría General del Estado solicitan la delegación de determinadas facultades y/o atribuciones del titular de la entidad, conforme se advierte del Informe Nº 002-2022-JUS/PGE-OA y del Memorando Nº 9-2022-JUS/PGE-CFC, respectivamente; y la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización solicita delegación de facultades a favor de la Gerencia General en su Informe Nº 004-2022-JUS/PGE-OPPM, las mismas que fueron autorizadas por la Alta Dirección con Memorando Nº 017-2022-JUS/PGE-GG de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado; Que en atención a los informes y consideraciones expuestas y con el visado de la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Centro de Formación y Capacitación, y la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, sus modi fi catorias, su Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2020-JUS; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; y con el Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM, SE RESUELVE:Artículo 1.- DELEGAR en el/la Gerente/a General de la Procuraduría General del Estado, las siguientes facultades y/o atribuciones: 1.1 En materia de Contrataciones del Estado:a) Aprobar y/o modi fi car el Plan Anual de Contrataciones, así como evaluar y supervisar su ejecución. b) Aprobar las Contrataciones Directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m), del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF. c) Aprobar el proceso de estandarización para la contratación de bienes y/o servicios en general. d) Aprobar los documentos de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios en general, consultorías u obras, incluyendo las referidas a las contrataciones directas. e) Aprobar la reserva del valor referencial en los procedimientos de selección para la contratación de ejecución de obras o consultoría de obras. f) Aprobar la asignación su fi ciente de recursos en el supuesto que se supere el valor estimado o valor referencial del procedimiento de selección. g) Aprobar y/o modi fi car los expedientes de contratación para la contratación de bienes, servicios y/u obras, de todos los tipos de procedimientos de selección. h) Cancelar total o parcialmente el procedimiento de selección para la contratación de bienes, servicios y/u obras. i) Autorizar las prestaciones adicionales y reducciones hasta por el monto máximo previsto en la normativa de contrataciones del Estado, para la contratación de bienes, servicios y consultorías, de todos los tipos de procedimientos de selección.j) Autorizar la reducción hasta por el monto máximo previsto en la normativa de contrataciones del Estado, para la contratación de obras. k) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en contratos de bienes, servicios en general, consultorías u obras. l) Aprobar el pago de gastos generales o mayores gastos generales variables que se podrían generar como consecuencia de las ampliaciones de plazo otorgadas en los contratos de bienes, servicios en general, consultorías u obras. m) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procedimientos de selección a entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, u organismos internacionales, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. n) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas nacionales para contratar bienes y servicios en general en forma conjunta, a través de un procedimiento de selección único, así como, de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogenizar las características de los bienes y servicios en general, y otros establecidos en la normativa de contrataciones. o) Resolver el recurso de apelación cuando se trate de procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, incluyendo aquellos casos donde se tenga la condición de entidad encargada, en el marco de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; comunicar al apelante las observaciones referidas a los requisitos de admisibilidad que no fueron advertidas al momento de la presentación del recurso para su subsanación y correr traslado de la apelación a los postores que tengan interés directo en la resolución del recurso. p) Aprobar la designación de los árbitros por parte de la Procuraduría General del Estado, respecto a los procesos arbitrales de contrataciones del Estado, regulada por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF. 1.2 En materia de Abastecimiento:Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades de la Procuraduría General del Estado, según lo establecido en la Directiva Nº 005-2021-EF/54.04 – Directiva para la programación multianual de bienes, servicios y obras, aprobada con Resolución Directoral Nº 014-2021- EF/54.01 y demás normas vinculantes, o normas que las reemplacen . 1.3 En materia Administrativa y de Gestión:Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Procuraduría General del Estado. 1.4 En materia Presupuestal:Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, previo informe favorable de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Procuraduría General del Estado. Artículo 2.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado, las siguientes facultades y/o atribuciones: 2.1 En materia de Contrataciones del Estado:a) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección, que tendrán a cargo los procedimientos de selección; así como, aprobar su reconformación.