Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2022 (17/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 17 de enero de 2022 El Peruano / b) Autorizar la participación de expertos independientes para que integren los comités de selección. c) Suscribir contratos y adendas derivados de los procedimientos de selección y las órdenes de compra y de servicios derivados de contrataciones iguales o inferiores a 8 UIT. d) Aprobar la contratación complementaria para la contratación de bienes y servicios en general. e) Aprobar la subcontratación en contratos de bienes, servicios en general, consultorías y obras. f) Aprobar y suscribir las adendas referidas a otras modi fi caciones al contrato, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, siempre que la modi fi cación no implique la variación del precio, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. g) Resolver total o parcialmente las órdenes de compra y servicio, así como los contratos de bienes, servicios en general, consultorías y obras, derivados o no de procedimientos de selección. h) Suspender el plazo de ejecución de contratos de obra y contratos de supervisión de obra y de servicios, según corresponda. i) Suscribir todo aquel documento por el cual se formalice una cesión de posición contractual y/o cesión de derechos en los contratos de bienes, servicios en general, consultorías y obras. j) Comunicar al Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comisión de infracciones por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. 2.2 En materia Administrativa y de Gestión:a) La representación legal respecto de la Unidad Ejecutora 001: Procuraduría General del Estado (PGE), ante cualquier tipo de autoridad administrativa y tributaria, distinta de la que goza el/la Procurador/a Público/a de la Procuraduría General del Estado, según normativa vigente sobre la materia. b) Suscribir convenios, contratos, adendas y cualquier otro acto relacionado con los fi nes de la institución, vinculados con las funciones propias de la O fi cina de Administración, distintos de los contratos derivados de los procedimientos de selección. c) Suscribir los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) y sus respectivas adendas, y demás actos y/o documentos, derivados del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; así como, de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, y demás normatividad sobre la materia. d) Reconocer el precio de los bienes y servicios, en los casos que resulte aplicable la acción por enriquecimiento sin causa en la vía correspondiente, previa evaluación técnica del área usuaria y legal del órgano jurídico de la entidad; sin perjuicio del deslinde de responsabilidades. e) Autorizar la impresión a color en casos debidamente justifi cados, en el marco del Decreto Supremo Nº 050- 2006-PCM, que prohíbe en las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo tipo. f) Aprobar la provisión para cuentas de cobranza dudosa, así como el castigo de dichas cuentas, en el ámbito de lo dispuesto en el Instructivo Nº 3 “Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables” del compendio de normatividad contable, aprobado por Resolución de Contaduría Nº 067-97-EF/93.01. Artículo 3.- DELEGAR en el/la Director/a del Centro de Formación y Capacitación de la Procuraduría General del Estado, las siguientes facultades y/o atribuciones:En materia de Formación y Capacitación: a) Modi fi car el Plan Anual de Actividades del Centro de Formación y Capacitación. b) Organizar los Plenos de Defensa Jurídica del Estado Artículo 4.- De la observancia de los requisitos legales La delegación de facultades a que se re fi ere la presente resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto, de conformidad con la norma que resulte aplicable. Artículo 5.- De la O fi cina de Asesoría Jurídica Los actos resolutivos que por la presente delegación se expidan, son visados por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado. Artículo 6.- De la obligación de dar cuenta Los/las funcionarios/as y servidores/as a los/las cuales se les ha delegado las facultades o atribuciones indicadas en la presente resolución, están obligados/as a dar cuenta trimestralmente al titular de la Procuraduría General del Estado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de fi nalizado el trimestre, respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 7.- De la vigencia de las delegaciones Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución, tienen vigencia durante el año fi scal 2022. Artículo 8.- De la noti fi cación Notifi car la presente resolución a los/as funcionarios/as y servidores/as en quienes han sido delegadas las facultades y atribuciones establecidas en la presente resolución. Artículo 9.- De la publicidad de la delegación de facultades DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (http://gob.pe/procuraduria). Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SORIA LUJAN Procurador General del Estado 2030968-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Designan Asesor II de la Gerencia General de MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000009-2022-MIGRACIONES Breña, 14 de enero del 2022VISTOS:El Informe Nº 000015-2022-UAP/MIGRACIONES emitido por la Unidad de Administración de Personal de la O fi cina de Recursos Humanos; el Memorando Nº 000050-2022-ORH/MIGRACIONES de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe Nº 000021-2022-OAJ/MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor II de la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES;