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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2022 (23/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Domingo 23 de enero de 2022 El Peruano / como última instancia administrativa, conformado por 5 (cinco) miembros, designados por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del sector al que pertenece la actividad económica regulada; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 9.2 del artículo 9 de la Ley N° 27332, el Tribunal de Solución de Controversias está compuesto, entre otros, por un miembro designado a propuesta del sector al que pertenece la actividad económica regulada; Que, mediante Resolución Suprema Nº 132-2020- PCM, se designó al señor JOSE JAIME SANCHEZ FERNANDEZ como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, a propuesta del Ministerio de Energía y Minas; Que, conforme a lo establecido en el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 27332, concordante con el numeral 6.6 del artículo 6 de la acotada Ley, es causal de vacancia del referido cargo, entre otras, la renuncia aceptada; Que, mediante el documento de Visto, el Presidente del Consejo Directivo del OSINERGMIN da cuenta de la renuncia formulada por el señor JOSE JAIME SANCHEZ FERNANDEZ, como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, a propuesta del Ministerio de Energía y Minas, la cual es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JOSE JAIME SANCHEZ FERNANDEZ como miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, a propuesta del Ministerio de Energía y Minas; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO GONZÁLEZ TORO Ministro de Energía y Minas 2032895-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de personal del Ministerio a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2022-MINCETUR Lima, 21 de enero del 2022Visto, el Memorándum N° 050-2022-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior;CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal razón, representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y tiene la responsabilidad en materias de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales. Asimismo, en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, la Alianza del Pací fi co conformada por Colombia, Chile, México y Perú, constituye un mecanismo de integración y una iniciativa dinámica, con alto potencial y proyección para los negocios internacionales, con una clara orientación a la región Asia – Pací fi co, por las ventajas competitivas que ofrece; además, constituye una región abierta al comercio, donde sus miembros mantienen una red de acuerdos comerciales entre sí y con las economías más desarrolladas y dinámicas del mundo, para promover el intercambio comercial, de inversiones, innovación y tecnología, sobre sus sectores más competitivos; Que, el día 24 de enero de 2022, se realizará la Reunión del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pací fi co, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, instancia en la que participan los Viceministros de Comercio Exterior y de Relaciones Exteriores de los cuatro países, para revisar los documentos para la Cumbre Presidencial de la Alianza del Pací fi co y la reunión del Consejo de Ministros (conformado por los ministros responsables de Comercio Exterior y de Relaciones Exteriores); Que, el día 25 de enero de 2022, se realizará la Reunión del Consejo de Ministros antes mencionada, con el objeto de evaluar los resultados alcanzados durante el período 2021, los programas de trabajo a futuro y el relacionamiento externo de la Alianza del Pací fi co; asimismo, en la misma fecha, la Comisión de Libre Comercio, compuesta por los ministros responsables de Comercio Exterior, se reunirá para adoptar la Decisión sobre la Actualización del Anexo 4.2 (Requisitos Especí fi cos de Origen) al Sistema Armonizado 2017; Que, el día 26 de enero de 2022, en la ciudad de Buenaventura, República de Colombia, se llevará a cabo la XVI Cumbre Presidencial de la Alianza del Pací fi co, en la que se suscribirá la Declaración de Buenaventura, donde se establecen los mandatos que orientarán el trabajo del bloque en el próximo periodo, así como una Declaración sobre Economía Creativa, que tiene como objetivo comprometer a los países de la Alianza del Pací fi co a fortalecer las políticas públicas que busquen promover la reactivación del sector cultural y creativo; Que, en el marco de la Cumbre Presidencial, los Ministros responsables de Comercio Exterior suscribirán el Tratado de Libre Comercio entre la Alianza del Pací fi co y la República de Singapur; este acuerdo coadyuvará a impulsar el dinamismo de la región y creará más oportunidades para la recuperación económica post COVID-19, además de contribuir a uno de los objetivos fundacionales del bloque, que es convertirse en una plataforma de integración con la región Asia-Pací fi co; cuando el Tratado de Libre Comercio entre en vigor, la República de Singapur se convertirá en Estado Asociado a la Alianza del Pací fi co. Asimismo, el Consejo de Ministros de la Alianza del Pací fi co y el Ministro de Comercio e Industria de Singapur suscribirán una Declaración para profundizar la cooperación en áreas de interés común que contribuyan al libre movimiento de bienes, servicios, capitales y personas; Que, en tal razón, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Angela Rossina Guerra Sifuentes, Directora de América Latina, Caribe e Integración Regional de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión