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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2022 (23/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Domingo 23 de enero de 2022 El Peruano / de 2001, en el extremo referido a la clasi fi cación del monumento arqueológico prehispánico Pampa de los Perros, siendo lo correcto “sitio arqueológico Pampa de los Perros” ; y en cuanto a la ubicación del mismo, siendo lo correcto: “ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, Región Callao” , de acuerdo a los datos que se consignan en el siguiente cuadro: Región Callao Provincia Provincia Constitucional del Callao Nombre del sitio arqueológicoDistritoDatum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Pampa de los Perros Ventanilla 269 463.8786 8 678 799.3548 Artículo 2.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Directoral Nacional N° 699/INC de fecha 15 de junio de 2000, en el extremo referido a la clasi fi cación y denominación, siendo lo correcto “sitio arqueológico Pampa de los Perros” ; y aprobar el área intangible de acuerdo al expediente técnico de actualización de información catastral, compuesto por la memoria descriptiva, la fi cha técnica, el plano perimétrico y de ubicación, en Datum WGS84; según los datos técnicos que se detallan a continuación: Nombre del sitio arqueológicoNúmero de plano en Datum WGS84 Zona 18SurÁrea (m2)Área (ha)Perímetro (m) Pampa de los PerrosPP-065_MC_DGPA-DS- FL-2018 WGS84 49,924.39 m2 4.9924 1,036.15 m UB-035-MC_DGPA-DS- FL-2018 WGS84 Artículo 3.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional N° 699/INC de fecha 15 de junio de 2000, como consecuencia de la modi fi cación del artículo 2 de la Resolución Directoral Nacional N° 699/INC, aprobando la remesura que queda recti fi cada a 53,217.44 metros cuadrados correspondiente a la sumatoria del área intangible de 49 924.39 metros cuadrados con el área de la zona desafectable denominada parcela D de 3,293.05 metros cuadrados. Artículo 4.- Dejar sin efecto el artículo 5 de la Resolución Directoral Nacional N° 699/INC de fecha 15 de junio de 2000, por haberse realizado la actualización de información catastral del expediente técnico del sitio arqueológico Pampa de los Perros, de fi niendo el área intangible de 49,924.39 metros cuadrados y el perímetro 1,036.15 metros. Artículo 5.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la primera inscripción de dominio de las áreas sin antecedentes registrales a favor del Estado, representado por el Ministerio de Cultura, incluyendo el área de faja marginal del río Chillón; la independización de las áreas de las partidas del Estado (Partidas N° P01135079, N° 70351280 y N° P01043086) a favor del Ministerio de Cultura; realizar su actualización en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal – SINABIP, y la inscripción de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación, ante la Ofi cina Registral del Callao, Zona Registral N° IX- Sede Lima, en cuanto al expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 6.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el sitio arqueológico Pampa de los Perros, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 7.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y el expediente técnico de actualización de información catastral del sitio arqueológico Pampa de los Perros al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao; a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a la Autoridad Nacional del Agua, al señor Nelson Ezequiel Quiros Cisneros, titular del derecho minero extinguido “Quimsa Rumi; al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI y a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, para conocimiento y a efectos de que el citado sitio arqueológico sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIELA SONALY TUESTA ALTAMIRANO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2032826-1 DEFENSA Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2022-DE Lima, 21 de enero de 2022 VISTOS:El documento de fecha 1 de setiembre de 2021, presentado por la señora María Esther Ramírez Castillo; y, el Informe Legal N° 01511-2021-MINDEF/SG-OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1133, que dispuso el ordenamiento defi nitivo del Régimen de Pensiones del personal militar y policial, modi fi có los artículos 12 y 13 del Decreto Ley Nº 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar Policial, estableciendo que su Consejo Directivo se encuentra integrado, entre otros, por dos directores designados por el Ministro de Defensa; Que, el artículo 13 del acotado dispositivo legal señala que los directores del mencionado Consejo Directivo son nombrados por resolución suprema, refrendada por los Ministros de los sectores correspondientes; ejerciendo su mandato por un período de dos (2) años, prorrogable por una sola vez y por el mismo plazo; Que, mediante Resolución Suprema N° 186-2020-DE se designa, entre otros, a la señora María Esther Ramírez Castillo como miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa; Que, con el documento de fecha 1 de setiembre de 2021, la señora María Esther Ramírez Castillo ha formulado renuncia al cargo que desempeña como miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, la que resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 21021, Ley que crea la Caja de Pensiones Militar Policial y modi fi catorias; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora María Esther Ramírez Castillo al cargo de miembro del Consejo Directivo de la Caja de Pensiones Militar Policial, en representación del Ministerio de Defensa, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa.