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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2022 (30/01/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Domingo 30 de enero de 2022 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 31399 LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE FORTALECE EL PROCESO DE APROBACIÓN DE LEYES DE REFORMA CONSTITUCIONAL REGULADO EN LOS ARTÍCULOS 40 Y 44 DE LA LEY 26300, LEY DE LOS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL CIUDADANOS Artículo único. Modi fi cación de los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos Se modi fi can los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, conforme al siguiente texto: “Artículo 40.- Improcedencia de referéndum No pueden someterse a referéndum las materias y normas a que se re fi ere el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución, ni aquellas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política. Artículo 44.- Autoridad que convoca a referéndumLa convocatoria a referéndum corresponde efectuarla a la autoridad electoral en plazo no mayor de cuatro meses después de acreditadas las respectivas iniciativas, salvo que se trate de una reforma constitucional, en cuyo caso es convocado por el presidente de la República, por disposición del Congreso, de conformidad con el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política ”. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los veinticinco días del mes de enero de dos mil veintidós. MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO Presidenta del Congreso de la República ENRIQUE WONG PUJADA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República 2034828-1PODER EJECUTIVO CUL TURA Autorizan viaje de profesionales de la Gerencia de Prensa del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000025-2022-DM/MC San Borja, 28 de enero de 2022VISTOS; el O fi cio N° D000013-2022-IRTP-GG de la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú; el Informe N° 000116-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante Decreto Supremo N° 061-2016-PCM; cuyo objetivo es llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante la Resolución Legislativa N° 31398, el Congreso de la República autoriza al señor Presidente de la República para salir del territorio nacional el 3 de febrero de 2022, con el objeto de participar en el Encuentro Presidencial Perú - Brasil que se celebrará en la ciudad de Porto Velho, Estado de Rondonia, República Federativa del Brasil, con la fi nalidad de fortalecer los históricos lazos de amistad y cooperación, así como impulsar la amplia agenda bilateral a través de un espacio de diálogo político de alto nivel, en el que se coordinen acciones en temas de interés común en favor del desarrollo y del bienestar de las poblaciones de ambos países, particularmente aquellas ubicadas en la zona de frontera; Que, a través del O fi cio N° D000013-2022-IRTP-GG, la Gerencia General del IRTP solicita autorización de viaje, en comisión de servicios, para los señores CRISTIAN OMAR MURILLO MONROY, JULIO OMAR FIGUEROA FLORES y DARWIN RODRIGUEZ DIAZ, profesionales de la Gerencia de Prensa, el día 3 de febrero de 2022, con la fi nalidad que, en representación del IRTP, realicen la cobertura informativa de la participación del señor Presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones en el Encuentro Presidencial Perú - Brasil que se realizará el día 3 de febrero de 2022, en la ciudad de Porto Velho, Estado de Rondonia, República Federativa del Brasil; Que, por la consideración expuesta, resulta de interés nacional la cobertura presencial de las actividades del señor Presidente de la República en el precitado evento, en la medida que resulta un hecho de gran importancia debido a que se coordinarán acciones en temas de interés común en favor del desarrollo y bienestar de las poblaciones de ambos países, particularmente aquellas ubicadas en la zona de frontera; en tal sentido, es necesario autorizar el viaje de los mencionados profesionales; en representación del IRTP, a la ciudad de Porto Velho, Estado de Rondonia, República Federativa del Brasil; cuyos gastos por concepto de viáticos son asumidos con cargo al Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establece que durante el presente año la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que