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5 NORMAS LEGALES Domingo 30 de enero de 2022 El Peruano / Base Aérea de Davis-Monthan, ubicada en la ciudad de Tucson, Estado de Arizona, Estados Unidos de América, del 2 al 4 de febrero de 2022; Que, de acuerdo con Hoja de Gastos Nº 0002 DGVC- ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza el fi nanciamiento parcial equivalente al veinte por ciento (20%) de viáticos, que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG; Que, asimismo, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000004, emitida por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2022; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del O fi cio N° 00102-2022-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 023-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00049-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que participará en el Intercambio de Técnicas de Plani fi cación y Operaciones (SMEE), a realizarse en la Base Aérea de Davis-Monthan, ubicada en la ciudad de Tucson, Estado de Arizona, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el Intercambio de Técnicas de Plani fi cación y Operaciones (SMEE), a realizarse en la Base Aérea de Davis-Monthan, ubicada en la ciudad de Tucson, Estado de Arizona, Estados Unidos de América, del 2 al 4 de febrero de 2022, así como, autorizar su salida del país el 1 de febrero y su retorno el 5 de febrero de 2022. Comandante FAP César Alberto HUANQUI VALCÁRCEL (Titular) NSA: O-9653996 DNI: 43347384Mayor FAP Alonso Jaime AYLLÓN BONDY (Titular)NSA: O-9715701 DNI: 43717820Mayor FAP Roberto Antonio CASTILLEJO DOUBNIA (Titular)NSA: O-9741105 DNI: 70347898 Mayor FAP Donovan Javier ORTEGA DIEZ (Suplente) NSA: O-9688299 DNI: 40744843Mayor FAP Sergio César Benito BELTRÁN PASTOR (Suplente)NSA: O-9723702 DNI: 43703483Mayor FAP Daniel Gregorio BALBÍN CHAMPY (Suplente)NSA: O-9737804 DNI: 44337488Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 440.00 x 3 días x 3 personas x 20% US$ 792.00 ---------------- Total a pagar: US$ 792.00 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Vivienda, Construcción y SaneamientoEncargado del Despacho del Ministerio de Defensa 2034102-1 ECONOMIA Y FINANZAS Actualizan montos fijos vigentes aplicables a bienes sujetos al Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 021-2022-EF/15 Lima, 29 de enero del 2022 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026- 2001-EF/15 y normas modi fi catorias, se establecen disposiciones para la aplicación de los factores de actualización monetaria de los montos fi jos del Sistema Especí fi co del Impuesto Selectivo al Consumo; Que, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial establece que los montos fi jos establecidos o actualizados en el Nuevo Apéndice III o Nuevo Apéndice IV, vigentes, pueden ser actualizados anualmente siempre que la variación porcentual del IPC sea igual o superior al uno por ciento (1%); tratándose de los montos fi jos del Nuevo Apéndice III adicionalmente la ratio de volatilidad del IPC del rubro combustibles y lubricantes debe ser menor de 1,50; Que, resulta conveniente actualizar los montos fi jos vigentes del Sistema Especí fi co del Impuesto Selectivo al Consumo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y la Resolución Ministerial Nº 026-2001-EF/15; SE RESUELVE: Artículo Único.- A partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución, los montos