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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2022 (25/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Lunes 25 de julio de 2022 El Peruano / Que, el periodo de tres (3) años dispuesto por el artículo 3 del citado Estatuto, estuvo comprendido desde el 08 de julio de 2019 hasta el 08 de julio de 2022; es decir, a la fecha, dicho mandato no está vigente; Que, la IV Disposición General y Transitoria del citado Estatuto señala que los vendedores de diarios, revistas y loterías de Lima y Callao a través de sus respectivas agrupaciones, deben presentar la terna correspondiente al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para que proceda a la designación de los delegados titular y suplente; Que, conforme al Memorando Nº 089-2022-MTPE/1 del Despacho Ministerial, las agrupaciones representativas de los vendedores de diarios, revistas y loterías de Lima y Callao, someten a consideración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, una terna de candidatos; Que, por otro lado, mediante Resolución Ministerial Nº 149-2021-TR, se designa al señor Pablo Orlando Alania Arce, Asesor II del Despacho Ministerial como delegado titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley Nº 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería; Que, mediante la carta de vistos, el referido profesional ha formulado su renuncia como delegado titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley Nº 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde emitir el acto de administración interna que designe al delegado titular de los vendedores de diarios, revistas y loterías de Lima y Callao ante la Caja de Protección y Asistencia Social – Ley Nº 10674 y se acepte la renuncia formulada, del delegado titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley Nº 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería; Con visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 10674, Estableciendo la protección y asistencia del Estado en favor de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1. Designar al señor JOSÉ AUGUSTO PERALES AVENDAÑO, como delegado titular de los vendedores de diarios, revistas y loterías de Lima y Callao, ante la Junta Directiva de la Caja de Protección y Asistencia Social – Ley Nº 10674. Artículo 2. Aceptar la renuncia formulada por el señor PABLO ORLANDO ALANIA ARCE, como delegado titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley Nº 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3. Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley Nº 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería, para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAMÓN LIRA LOAYZA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2089496-1TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Secretario Técnico del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0234-2022-MTC/21 Lima, 21 de julio de 2022 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC dispuso la fusión por absorción del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, correspondiéndole a este último la calidad de entidad incorporante, resultando de dicha fusión la Unidad Ejecutora denominada Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO; Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 098-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la cali fi cación y relación de los Programas y Proyectos Especiales del Poder Ejecutivo, se actualiza la cali fi cación; entre otros, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, califi cándolo desde el punto de vista organizacional, como un programa, bajo dependencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin afectar sus funciones, continuidad de sus actividades, identidad organizacional, denominación, ni las obligaciones o derechos que tuviera; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 897-2021-MTC/01.02, establece que PROVIAS DESCENTRALIZADO tiene por fi nalidad desarrollar actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de inversión para el incremento de la dotación de infraestructura y la mejora de la transitabilidad de la infraestructura de transporte departamental y vecinal o rural, así como el fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión descentralizada; Que, el artículo 6 del Manual de Operaciones establece la estructura orgánica del Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, considerando como Unidad de Asesoramiento, entre otros, a la Secretaría Técnica; Que, por otro lado, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo público, señala que empleado de con fi anza es el que desempeña cargo de confi anza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que, conforme al Clasi fi cador de Cargos de PROVIAS DESCENTRALIZADO, aprobado y modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 086-2018-MTC/01.02 y la Resolución Directoral Nº 383-2018-MTC/21, respectivamente; así como el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de PROVIAS DESCENTRALIZADO aprobado y reordenado con la Resolución Ministerial Nº 289-2019-MTC/01.02 y la Resolución Directoral Nº 319-2020-MTC/21, respectivamente, el cargo de Secretario Técnico está clasi fi cado como empleado de con fi anza; Que, teniendo en cuenta que se encuentra vacante el cargo de Secretario Técnico de PROVIAS DESCENTRALIZADO, resulta necesario efectuar la designación del profesional que ocupará dicho cargo, a fi n de mantener la continuidad operativa del Programa; Con el visto bueno de la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica, cada una en el ámbito de su competencia;